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El decreto entero

En esta hora crucial de México, frente a la irritación social acumulada por el disimulo y el dispendio en el ejercicio del gasto público, el Gobierno de Chihuahua hace un esfuerzo singular en medio...
  • Por Gabino Sandoval
El decreto entero

En esta hora crucial de México, frente a la irritación social acumulada por el disimulo y el dispendio en el ejercicio del gasto público, el Gobierno de Chihuahua hace un esfuerzo singular en medio de sus maltrechas finanzas publicas recuperando el espíritu de austeridad al que hace más de 150 años nos convocara el Presidente Benito Juárez García:

“Bajo el sistema federativo los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad; no pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa, sino con sujeción a las leyes; no pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, resignándose a vivir en la honrosa medianía que proporciona la retribución que la ley haya señalado”

LIC. JAVIER CORRAL JURADO, Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 93, fracción IV, de la Constitución Política del Estado, así como los artículos 25, fracción VII y 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, y artículo 7 del Decreto LXV/APPEE/0257/2016 I P.O. relativo al Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2017; y

CONSIDERANDO

Que el servicio público consiste en aportar un beneficio social a partir de la administración racional y correcta de lo que nos pertenece a todos, de gestionar de forma integral y eficiente las demandas ciudadanas, por lo que el objetivo primordial y sustantivo de la Administración Pública Estatal debeser el desarrollar las funciones de interés público que la Constitución Federal y la del Estado asignan al Ejecutivo Estatal y que para su adecuado cumplimiento cuenta con los recursos financieros asignados en el presupuesto de egresos autorizado por la Legislatura Local. 

No obstante, atendiendo a la realidad en nuestro Estado, este objetivo se ve altamente afectado por la severa crisis en el presupuesto a la que nos enfrentamos, fruto del estado de bancarrota y latrocinioen que nos heredaron las finanzas estatales, por la acción inescrupulosa del dispendio, el derroche y la corrupción, por lo que resulta imperante tomar medidas extraordinarias y audaces al respecto.

Para poder enfrentar la problemática por la que atraviesa el Estado,producto de una deuda pública de que supera los $55,000 millones de pesos, lo que nos convierte en la entidad con mayor deuda en relación al PIB estatal, la segunda más alta del país en relación a su población y la tercera más alta en términos absolutos, así como el déficit que se presenta en el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2017 y que será cubierto, entre otros recursos, con los ahorros en el gasto corriente que se pretenden obtener a través de una serie de medidas y ajustes que al efecto se implementarán.

Por tal razón, el Presupuesto de Egresos proyectado para el 2017 contuvo el firme compromiso de establecer un plan de austeridad que nos asegure lograr una estabilidad presupuestaria, y por otro lado, la eliminación gradual del déficit de más de $8,000 millones de pesos con el que se dio inicio a la presente administración. 

Debemos asumir un papel proactivo en la generación de una nueva clase de servidores públicos, aplicar la ley en los casos de corrupción y ejercer un gasto racional, además de justo. Pues, como se ha señalado, en las labores del Estado debe prevalecer el alto sentido de austeridad, capacidad y vocación de servicio; así como el privilegio de servir a los demás.

Este Acuerdo responde a una prioridad de la sociedad para lograr ahorros significativos que permitan la inversión a proyectos productivos, rescate del campo, apoyo a pequeños y medianos empresarios, fortalecimiento en las áreas de Desarrollo Social, Salud, Seguridad y Educación, entre otras.

Para lograrlo, es necesario el establecimiento de mecanismos de control, evaluación y seguimiento como medidas de disciplina en el ejercicio presupuestal, para administrar los recursos de manera óptima a fin de generar economías y promover la participación ciudadana en la planeación y desarrollo de los programas gubernamentales, así como en la vigilancia de la asignación y uso de recursos públicos. Por ello, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

POR EL QUE SE IMPLEMENTAN LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD Y RACIONALIDAD DEL GASTO PÚBLICO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA

Primero.- El presente Acuerdoes de observancia obligatoria para las y los servidores públicos de las Dependencias y Entidades y tiene por objeto avanzar en el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público, a través de incrementar la productividad sin afectar el cumplimiento de las metas.

Segundo.- Las y los titulares de las Dependencias y Entidades, así como los Órganos de Gobierno de estas últimas, son responsables de aplicar las medidas de disciplina presupuestalcorrespondientes para el debido cumplimiento de las disposiciones de uso eficaz, eficiente ytransparente de los recursos públicos de que dispongan las y los servidores públicos para el desempeño de sus funciones. 

La Secretaría de Hacienda dará seguimiento, en el ámbito financiero, presupuestal y contable, a la aplicación del presente Acuerdo, por lo que en el supuesto caso de que se observen conductas que contravengan lo dispuesto en el presente instrumento, se procederá a dar vistaa la Secretaría de la Función Pública, a efecto de que en apego a lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Chihuahua y demás disposiciones aplicables, actúe en consecuencia.

Tercero.- El Ejecutivo del Estado por conducto de la Secretaría de Hacienda, podrá determinar reducciones, diferimientos o cancelaciones de conceptos de gasto de las Dependencias y Entidades, cuando no les resulten indispensables para su operación, y ello represente la posibilidad de obtener ahorros, en función de la eficiencia de las propias Dependencias y Entidades. En todo momento se respetará el presupuesto destinado a los programas prioritarios, en especial, los destinados al desarrollosocial.

Cuarto.- Los gastos que se realicen por parte de las Dependencias y Entidades deberán estar contenidos en el presupuesto de egresos aprobado por el Congreso y ejercerse conforme al calendario establecido.

Quinto.- Los gastos efectuados, en contravención a lo dispuesto en las presentes medidas, no serán sujetos de pago por la Dirección General de Egresos de la Secretaría de Hacienda. 

Sexto.- Se instruye a la Secretaría de Haciendaa poner a la venta, mediante un programa de desincorporación de activos, los bienes muebles e inmuebles que se enlistan en los siguientes artículos de este Acuerdo, con total transparencia y estricto apego a la legalidad y normatividad vigentes.

Séptimo.-Se propone al Congreso del Estado autorizar la desincorporación para objeto de venta, de la Casa de Gobiernoy la oficina alterna del Gobernador del Estado, ambos inmuebles ubicados en la Avenida Zarco número 2601 y 2603, Col. Zarco de esta ciudad, con una superficie de terreno de 5,833.92 mt2 y una superficie de construcción de 2,821.86 mt2.

Octavo.- Se propone al Congreso del Estado autorizar la desincorporación para objeto de venta de los bienes inmuebles ubicados en la ciudad de Chihuahua que se enumeran a continuación:

a) Terreno ubicado en Av. Cristóbal Colón y calle Ejército Mexicano con una superficie de 3,574.74 mt2.

b) Terreno ubicado en Ave Independencia entre las calles Nicolás Bravo y Marian Irigoyen, con una superficie de 1,469.23 mt2.

c) Terreno ubicado en calle Nacozari o Calle 37ª a 25 mt de la calle Jesús García en la colonia Che Guevara, con una superficie de 936.56 mt2.

d) Terreno ubicado en calle Ejército Mexicano, entre calles 15ª y 17ª con una superficie de 359.04 mt2.

e) Terreno ubicado en las calles Jesús García y Nacozari con superficie de 412.5 mt2.

f) Terreno ubicado en la calle Priv. Jesús García #3910con superficie de 94.8 mt2.

g) Terreno ubicado en la calle Priv. Jesús García (antes Priv. Angel Trías) #914 con superficie de 88.25 mt2

h) Terreno ubicado en calle 39 ½ sin número en la colonia Che Guevara con superficie de 59.2 mt2.

i) Terreno ubicado en calle 39ª #311 en la colonia Che Guevara con una superficie de 110.11 mt2.

j) Terreno ubicado en calle Privada de 39ª con una superficie de 79.52 mt2.

k) Terreno ubicado en calle 37 ½ #302 con una superficie de 115.64 mt2.

l) Terreno ubicado en calle Privada de 39 ½ a 4.45 mt de calle Ejército Mexicano con una superficie de 75.4 mt2.

m) Terreno ubicado en calle 39 ½ a 21.94 mt de calle Jesús García con una superficie de 116.21 mt2.

Noveno.-Se ordena la venta de la flota aérea propiedad del Gobierno del Estado, con el propósito de obtener ingresospara hacer frente a la contingencia y el déficit presupuestal, así como eliminar los cuantiosos gastos de mantenimiento, seguros, operación y certificación de las distintas aeronaves. Para cubrir las necesidades indispensables de la Fiscalía General del Estado, sólo se conservará el helicóptero Bell 206 matrícula XC-LJA. Para los traslados a las poblaciones serranas de la entidad y otros traslados que lo justifiquen, se llevará a cabo un programa de arrendamiento de aeronaves.

A través del método de subasta pública, la Secretaría de Hacienda ofrecerá en venta el helicóptero Bell 429 modelo 2016 matrícula XC-LOP con capacidad para 6 pasajeros y 2 tripulantes; elavión Cessna Citation CJ3 modelo 2006 matrícula XC-GDC con capacidad para 7 pasajeros y 2 tripulantes; el helicóptero Bell 407modelo 2008 matrícula XC-CUU con capacidad para 6 pasajeros y un tripulante; el avión King Air 350 modelo 1997 matrícula XC-CHI con capacidad para 8 pasajeros y 2 tripulantes, el avión Conquest 441 modelo 1981 matrícula XC-LJS con capacidad para 5 pasajeros y 2 tripulantes y el avión Cessna T210 modelo 1980 matrícula XC-PAL con capacidad para 5 pasajeros y un tripulante.

Décimo.- Como resultado de la verificación y análisis del uso y destino del parque vehicular propiedad del Gobierno del Estado, se ordena la inmediata venta mediante el procedimiento de subasta pública de 500 unidades que estabandestinadas a usos no sustantivos del servicio público, lo cual nos permitirá, además del ingreso por su venta, obtener ahorros en materia de combustibles, mantenimiento y seguros. 

Décimo Primero.-Las Áreas Administrativas de cada Dependencia o Entidad deberán reportar la existencia de otros bienes factibles de dar de baja de inventario por su deterioro y ponerlos a disposición de la Secretaría de Hacienda a través de la Dirección General de Administración, por lo que un primer reporte de los bienes que se ubiquen en esta hipótesis, deberá presentarse dentro de los treinta días siguientes a la publicación del presente Acuerdo.

Décimo Segundo.-Se suprimen los gastos de representación y el pago de notas de consumo de restaurantes. De manera excepcional se cubrirán aquellos que autoricenla o el titular de la Dependencia y/o Entidaden conjunto conla Dirección General de Administración de la Secretaría de Hacienda, siempre y cuando se atienda una comisión oficial.

Décimo Tercero.- El pago de alimentos en los centros de trabajo, se autorizará únicamente cuando su consumo sea derivado de jornadas laborales en horarios extraordinarios. Se realizará con base en una relación precisa del personal y por un máximo individual de dos salarios mínimos vigentes.Se rechazarán aquellas facturas que no se ajusten a este parámetro.

Décimo Cuarto.-Se reducirán en un 30% los gastos para viajes y comisiones oficiales. Los viajes que se autoricen deberán contar con plena justificación de su traslado. Las y los funcionarios y servidores públicos privilegiarán sus encuentros, consultas y gestiones fuera del territorio del estado, utilizando los medios alternos a través de las tecnologías de información y comunicación, como video conferencias, correo electrónico, tele llamadas, etc.

Décimo Quinto.- Queda prohibida la compra de boletos de avión en primera clase. Esta regla aplica absolutamente a todo el personal delGobierno del Estado, a las y los Titulares de los Organismos Públicos  Descentralizados y Desconcentrados, Fideicomisos, Secretarías, Dependencias, Entidades así como al Gobernador del Estado. 

Décimo Sexto.-La autorización para viajes internacionales de comisiones oficiales requerirá de un procedimiento especial,que además de contar con la autorización de la o el Secretario del Ramo, requerirá de la aprobación del Comité de Seguimiento al que hace referencia el presente acuerdo.

DécimoSéptimo.- Los gastos de pasajes terrestres y viáticos deberán  comprobarse al cien por ciento, por lo que el monto no comprobado deberá restituirse a través de las oficinas de Recaudación de Rentas. Los depósitos realizados por este concepto no generarán ampliación presupuestal.

Décimo Octavo.-El Gobernador del Estado viajará preferentemente en vuelos comerciales;en los casos que así se justifiquen,se recurrirá al arrendamiento de aeronaves.

Décimo Noveno.- Se impulsará el programa de gobierno electrónico sin-papel, con sistemas de cómputo colaborativo, de trámites electrónicos y archivo,  con el fin de obtener mayores ahorros, aumentar la productividad y proteger la ecologíay se restringe al mínimo indispensable la adquisición de papelería y materiales de oficina.

Se procederá a consolidar el servicio de fotocopiado en centros de apoyo colectivo de autoservicio,evitando el uso de copiadoras por oficina, con excepción de las indispensables para el trabajo de unidades administrativas que produzcan o resguarden información y documentación considerada como de uso restringido o confidencial.

Además se contrataráel arrendamiento de equipos multifuncionales que incluyan el suministro de materiales de impresión, toners y el mantenimiento del equipo, por lo que con ello se limitará la compra de consumibles así como equipos de impresión y fotocopiado.

Se prohíbe fotocopiar publicaciones extensas, como libros o el periódico oficial del Estado, debiendo optar por la consulta a través de medios electrónicos.

Vigésimo.-Con el propósito de generar economías en mantenimiento, combustibles, así como en la contratación de seguros para vehículos automotrices, su utilización se sujetará a lo siguiente: 

a) Los vehículos propiedad del Gobierno del Estado, no podrán ser utilizados para fines personales, ni partidistas; por lo que tendrán que permanecer resguardados en las oficinas públicas después de los horarios laborales, los fines de semana, días festivos y períodos vacacionales, con excepción de los asignadosa la seguridad pública, protección civil, procuración de justicia, así como los destinados a la protección de la integridad personal de funcionarios.

b) Las y los funcionarios cuyo trabajo sea eminentemente administrativo dejarán de tener asignado vehículo oficial, mismos que deberán de poner a disposición del Titular Administrativo en un período máximo de diez días hábiles una vez que se realice la publicación de este Acuerdo. Sólo podrán utilizarse los vehículos oficiales en los traslados que con motivo del desempeño de sus labores deban realizar fuera de la ciudad. Para tales efectos, se conformará una flotilla de vehículos destinados únicamente a este propósito,bajo laresponsabilidad del titular de la Dependencia o Entidad. 

c) Las y los Coordinadores de las Unidades Administrativas de las Dependencias, Departamentos de Recursos Materiales y/o Departamento de Bienes Muebles y sus equivalentes en las Entidades, serán responsables del buen uso y adecuado mantenimiento de los vehículos para la prestación de los servicios generales y de apoyo. 

d)En el caso de siniestros de las unidades, la o el conductor deberá presentar el reporte de tránsito para deslindar responsabilidades, en el supuesto de que el evento sea atribuible al servidor público, por falta de probidad o por utilizarse fuera de horarios de servicio o sin autorización, se aplicarán las sanciones que legalmente procedan.

e)El mantenimiento delos vehículos oficiales deberá realizarse exclusivamente en los talleres contratados para tal fin, observando los criterios de economía, eficacia, imparcialidad y honradez en la selección de los mismos. 

f) Los vehículos oficiales portarán una leyenda, con los números de teléfono y dirección de correo electrónico con la finalidad, de que la ciudadanía en caso de advertir un uso indebido de los mismos,tenga la posibilidad de llevar a cabo la denuncia y/o queja correspondiente.

Vigésimo Primero.- En el ejercicio de la partida de combustibles, lubricantes y aditivos,las Dependencias y Entidades se sujetarán a lo siguiente: 

a) La dotación de combustible deberá usarse exclusivamente en el vehículo para el cual fue suministrado y para cumplir las funciones asignadas. No se autorizarán pagos de combustiblea vehículos particulares. 

b) El suministro de combustible se realizaráestableciendo límites de litros mensuales por unidad, los cuales serán fijos e inamovibles.

c) Las solicitudes de dotaciones adicionales de combustible para vehículos oficiales solo podrán ser autorizadas por la o el Coordinador Administrativo, en los casos en que se encuentre plenamente justificado y de acuerdo con la naturaleza de las funciones para las que se asigne el vehículo, siempre que la unidad administrativa responsable solicitante, cuente con disponibilidad presupuestal para ello. 

d) El personal administrativo, incluyendo titulares de Secretarías,no contará con vehículo oficial para su uso personal ni asignación mensual de gasolina.

Vigésimo Segundo.- En el caso de los arrendamientos se tomarán las siguientes medidas de ahorro: 

a) La renta de bienes muebles e inmueblessólo se autorizará por  conducto de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Hacienda. Se privilegiará la utilización y reubicación de oficinas públicas en inmuebles que sean propiedad del Gobierno del Estado. 

b) Se suspende el arrendamiento de vehículos, para lo cual las Dependencias y Entidades deberán optimizar la utilización del parque vehicular oficial, salvo que existan necesidades especiales de uso de vehículos que por sus características, sean inexistentes en el parque vehicular del Gobierno del Estado; siempre y cuando se autoricen a través de la Secretaría de Hacienda. 

c) Con el propósito de evitar pagos innecesarios por concepto de arrendamiento de inmuebles, las Dependencias y Entidades que tengan a su cargo inmuebles arrendados, deberán desocuparlos u ocuparlos estrictamente en las fechas estipuladas en los contratos respectivos, avisando de manera inmediata a la Dirección General de Administración de la Secretaría deHacienda para su finiquito o contratación, según sea el caso. 

Vigésimo Tercero.- Las Dependencias y Entidades establecerán acciones específicas para generar ahorros en el consumo de energía eléctrica y de agua potable. Se establecerán medidas de vigilanciapara que se mantengan apagadas las luces y equipos eléctricos que no estén siendo utilizados, especialmente durante los días y horarios no laborables.

El Gobierno del Estado optará por la generación y/o compra de energía eléctrica proveniente de fuentes alternas como la solar, la biomasa yla eólica para obtener ahorrosen el consumo por este concepto y promover la sustentabilidad y combatir el calentamiento global del planeta.

Tratándose del servicio de agua potable, se deberán efectuar revisiones periódicas a las instalaciones hidrosanitarias, a fin de detectar fugas y proceder a su inmediata reparación. Se instruye a la Junta Central de Agua y Saneamiento a intensificar en las comunidades más apartadas del Estado, el programa de captación de agua de lluvia, incluyendo a las oficinas públicas.

Vigésimo Cuarto.-En el rubro de servicio telefónico se establecen las medidas de austeridad siguientes: 

a)Se cancela cualquier línea de telefonía celular con cargo a Gobierno del Estado detodos los empleados, funcionarios y servidores públicos que tengan este servicio, incluyendo al Gobernador. Solo se podrán contratar líneas celulares paraaquellos servidores que desempeñen tareas de seguridad pública, protección civil, inspección sanitaria y sistemas de peaje carretero.

b) Las y los funcionarios que cuentan con línea telefónica directa, serán responsables solidarios de las llamadas de larga distancia y a teléfonos celulares no oficiales, realizadas de los teléfonos asignados a sus oficinas. 

Se utilizarán los diferentes reportes de llamadas que proporcionan los conmutadores para evaluar las tendencias en  la cantidad de llamadas tipo y costo para establecer los controles de las mismas.

VigésimoQuinto.- Conforme lo propuesto y aprobado por el Congreso del Estado, se mantendrá a lo largo del ejercicio presupuestal la reducción del  80% del gasto en materia de comunicación social. Del 20% disponible, las Dependencias y Entidades que requieran la utilización de esta partida, se sujetarán al procedimiento establecido por la Coordinación de Comunicación Social, que será la única autorizada para realizar la contratación de espacios o campañas publicitarias, procurando en todo momento cumplir con el propósito de informara la población sobre las acciones gubernamentales de trascendencia. 

Por lo anterior, se tomará en cuenta por todas las Dependencias y Entidades lo siguiente:

a) La contratación de espacios en medios de información deberá realizarse a tarifascomerciales publicadas o menores a éstas, atendiendo a criterios de circulación, penetración, tiraje, cobertura geográfica y/o segmentación, de acuerdo a los contenidos y al público al que se dirijan. Por ningún motivo se contratarán espacios o tiempos bajo la denominada “tarifa política”.

b) Por ningún motivo se contratará publicidad simulada como información(gacetilla), y en la contratada como información en medios impresos,deberá mencionarse que se trata de inserciones pagadas por el Gobierno del Estado, separándola si fuera necesario, del contenido noticioso del medio, mediante un recuadro.

c) Toda comunicación gubernamental contratada en medios deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

d) Por lo que se refiere al informe anual de labores o gestión, se observará lo previsto en los artículos 116 numeral 4 y 117 numeral 5 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

e) En el uso de los logotipos y emblemas del Gobierno del Estado deberán observarse criterios de austeridad y racionalidad, evitándose el uso de herrajes, troquelados, losetas y anuncios luminosos.

f) No se colocarán en oficinas públicas fotografías oficiales del Gobernador del Estado o de algún servidor público estatal.

g) Para los servicios de impresión y de acuerdo con el Manual de Imagen Institucional, se deberá utilizar los servicios de los Talleres Gráficos del Estado, por lo que se limitará la contratación externa sólo alos casos en los que se tenga una notificación expresa de Talleres Gráficos del Estado de la imposibilidad de poder proporcionar el servicio.

La Coordinación de Comunicación Social, emitirá, dentro de los treinta días siguientes a la publicación del presente Acuerdo, el Reglamento por el que se regulan y establecen los criterios para el ejercicio del gasto en materia de comunicación social, mismo que será de observancia obligatoria para todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública.

Vigésimo Sexto.- Se cancela a todas las Dependencias y Entidades del Ejecutivo Estatal las partidas para la adquisición de mobiliario. 

Vigésimo Séptimo.- Las Dependencias y Entidades se abstendrán de contratar personal adicional eventual, por honorarios, o cualquier otra modalidad, para desarrollar funciones no sustantivas. 

Así también, se procederá al ajuste de personal en aquellas áreas en donde la reducción se justifique plenamente y no afecte el funcionamiento sustantivo de las Dependencias. 

Las Entidades del sector paraestatal ajustarán sus tabuladores de sueldos (mandos medios y superiores) a fin de reflejar niveles equivalentes de percepciones para funciones similares en la administración centralizada debiendo quedar dichas adecuaciones realizadas a más tardar el 28 de febrero de 2017.

Vigésimo Octavo.- En caso de requerirse la contratación de asesorías o servicios profesionales, las Dependencias y Entidades deberán contar con la autorización del Comité de Seguimiento al que hace referencia el presente acuerdo, previo a la realización de los trabajos por parte del prestador de servicios.

VigésimoNoveno.- El manejo de los recursos financieros de programas convenidos con dependencias del Gobierno Federal o de cualquier otra instancia, se realizará exclusivamente a través de la Secretaría de Hacienda. 

Trigésimo.- Las y los titulares de las Dependencias y Entidades proveerán lo necesario para que todo el personal a su cargo conozca el contenido y alcance del presente Acuerdo, concientizándolos de que es obligación de las y los servidores públicos de todos los rangos y niveles administrar con eficiencia, eficacia y honradez los recursos públicos y que deberán ser aplicados exclusivamente a los objetivos, programas y funciones para los que fueron destinados, y que la desviación de los mismos será sancionada conforme a la legislación vigente. 

Trigésimo Primero.- Corresponde a la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de la Función Pública, dentro del ámbito de su competencia, supervisar, interpretar y controlar la aplicación de lo estipulado en las presentes medidas, estableciendo en su caso las normas y procedimientos específicos que sean necesarios para tal efecto, así como resolver las consultas que formulen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública, conforme a la legislación vigente. 

Trigésimo Segundo.- Para efectos del numeral que antecede, la Secretaría de Hacienda conformará un Comité de Seguimiento, responsable de verificar los ahorros que en cada uno de los rubros se vayan reflejando, conforme avanza el ejercicio presupuestal.

El Comité de Seguimiento quedará integrado de la siguiente manera: por las o los Titulares de la Secretaría de Hacienda, de la Secretaría de la Función Pública, de la Dirección General de Administración y de la Dirección General de Egresos.

Trigésimo Tercero.- Con pleno respeto a la división de poderes, a la independencia de los órganos autónomos, ayuntamientos y entidades de interés público, exhortamos a sus titulares e integrantes a generar las medidas de austeridad y racionalidad en el ejercicio del gasto público de sus respectivas competencias, facultades y funciones, con el propósito de que todos los que ejercemos la función pública contribuyamos al manejo responsable de los recursos que aporta el pueblo de Chihuahua.

TRANSITORIO

Primero.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Segundo.-Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo previsto en el presente Acuerdo.

Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Estatal, en la Ciudad de Chihuahua, Chih., a 19 de Enero del año dos mil diecisiete.- 

LIC. JAVIER CORRAL JURADO

Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua

 

DR. ARTURO FUENTES VÉLEZ

Secretario de Hacienda

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