Local

Proponen suspender hasta quince días a diputados

Chihuahua.- La diputada integrante de la bancada panista, Rocío González, presentó una iniciativa mediante la cual se propone el imponer sanciones a los legisladores que incurran en faltas administrativas,...
  • Por Gabino Sandoval
Proponen suspender hasta quince días a diputados

Chihuahua.- La diputada integrante de la bancada panista, Rocío González, presentó una iniciativa mediante la cual se propone el imponer sanciones a los legisladores que incurran en faltas administrativas, siendo la más severa de ellas el suspenderlos hasta por quince días.

González, expresó que desde su llegada a la mesa directiva se pudo constatar de la falta de un mecanismo para regular la asistencia de los diputados, lo que genera que en ocasiones no se registre la insistencia de los mismos.

"Es importante resaltar que aunque tengamos el carácter de diputados, seguimos siendo parte de una estructura laboral, donde tenemos obligaciones que cumplir y respetar y no por tener esta investidura estamos exentos  de las sanciones a las cuales todas las personas que tienen el carácter de empleados están sujetas", acoto. 

Por  ello, propuso al pleno de los legisladores el imponer un sistema mediante el cual se pueda amonestar a quienes incumplan con el reglamento interno del poder legislativo, en cuanto a la asistencia de las sesiones.

En este sentido, la legisladora mencionó tres posibles amonestaciones: Disminución de la dieta, remoción de las Comisiones o Comités de los que formen parte y suspensión del cargo.

Para cada uno de las amonestaciones se deben cometer diferentes faltas, las cuales se muestran a continuación: 

ARTÍCULO 44 Bis. Las sanciones consistentes en la destitución o inhabilitación de un Diputado o la separación de su cargo, se determinarán y aplicarán conforme a los procedimientos señalados en el capítulo III del reglamento interior y de prácticas parlamentarias.
 
Los diputados serán amonestados públicamente por el Presidente de la Mesa Directiva, dejando constancia de ello en el acta de la sesión correspondiente y en el Diario de los Debates, cuando:
 
I. Alteren el orden en las sesiones o del trabajo en Comisiones; o,
 
II. Hagan uso indebido de la tribuna.
 
Acumuladas tres amonestaciones, procederá la suspensión del cargo por quince días.
 
La dieta de los diputados será disminuida de uno a treinta días, cuando se denlas siguientes hipótesis:

-Cuando, sin causa justificada, no asista a sesión o la abandone durante su desarrollo y no regrese antes de su conclusión o se ausente durante una votación.
 
-Cuando, sin causa justificada, falte a tres sesiones consecutivas del pleno, de la comisión permanente, de comisiones o de comités.
 
La mesa directiva valorara la justificación de las inasistencias y las sanciones y sus decisiones serán definitivas. Cuando la falta se haya calificado como justificada, quedará asentada en esos términos en el acta de la sesión correspondiente y en la publicación del registro de faltas y asistencias que se hace en el portal oficial.
 
Cuando un diputado falte a más de cinco sesiones consecutivas del pleno o de la comisión permanente, sin causa justificada, se iniciará el procedimiento respectivo para determinar si la ausencia es definitiva, y, de ser así, se llamará de manera inmediata a su suplente para culminar el periodo constitucional.Los Diputados serán amonestados públicamente por el Presidente de la Mesa Directiva, dejando constancia de ello en el acta de la sesión correspondiente y en el Diario de los Debates, cuando:
 
-Alteren el orden en las sesiones o del trabajo en Comisiones; o,
 -Hagan uso indebido de la tribuna.
 
Acumuladas tres amonestaciones, procederá la suspensión del cargo por quince días.
 
La dieta de los Diputados será disminuida de uno a treinta días, cuando se denlas siguientes hipótesis:

-Cuando, sin causa justificada, no asista a sesión o la abandone durante su desarrollo y no regrese antes de su conclusión o se ausente durante una votación; o,
 
-Cuando, sin causa justificada, falte a tres sesiones consecutivas del pleno, de la comisión permanente, de comisiones o de comités.
 
La mesa directiva valorara la justificación de las inasistencias y las sanciones y sus decisiones serán definitivas. Cuando la falta se haya calificado como justificada, quedará asentada en esos términos en el acta de la sesión correspondiente y en la publicación del registro de faltas y asistencias que se hace en el portal oficial.
 
Cuando un diputado falte a más de cinco sesiones consecutivas del pleno o de la comisión permanente, sin causa justificada, se iniciará el procedimiento respectivo para determinar si la ausencia es definitiva, y, de ser así, se llamará de manera inmediata a su suplente para culminar el periodo constitucional.

Tags: