Opinión

La honestidad: ¿Solo un recurso discursivo?

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 La honestidad: ¿Solo un recurso discursivo?

La columna

POR CARLOS JARAMILLO VELA

· La honestidad: ¿Solo un recurso discursivo?

· Ley de Seguridad Interior: respuesta a la ingobernabilidad e inseguridad.

Al parecer la honestidad y rectitud con las que se ha pretendido vender la presente administración estatal son una estrategia cuyos alcances no van más allá del ámbito discursivo y retórico. En días recientes ha surgido dentro del foro de los abogados un reclamo airado, a raíz de supuestas irregularidades cometidas por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, en el proceso de selección y reclutamiento de nuevos funcionarios destinados a laborar en el área de Servicios Previos a Juicio. La protesta, puesta al descubierto por un exfuncionario estatal de la época del gobernador Reyes Baeza -cuyo nombre no se puede revelar por razones obvias-, se refiere a la ausencia de ética y transparencia mostrada por el citado órgano al otorgar plazas del poder judicial a personas recomendadas, a quienes sin haber concursado en el correspondiente examen de conocimientos -al que habían sido convocados por dicha instancia gubernamental los abogados aspirantes a tales puestos- les fueron asignadas esas plazas, porque alguien de “arriba” así lo dispuso.

Nuestro informante, quien se esmeró en prepararse para la presentación de los “exámenes de selección” referidos en la “convocatoria”, con evidente irritación nos confió: “No puedo ocultar el sentimiento de coraje e impotencia que me invade ante este fraude. Esto es una burla; con su anomalía, el Consejo de la Judicatura nos generó falsas expectativas, utilizándonos para intentar legitimar el otorgamiento de plazas a personas que no tienen los méritos para ocuparlas”. Así las cosas. Nosotros informamos lo que de primera mano se nos revela, el lector elabora sus conclusiones.

La Ley de Seguridad Interior, promulgada por el Presidente Enrique Peña Nieto, en el Diario Oficial de la Federación, la tarde del 21 de diciembre de 2017, es desde el punto de vista jurídico-político una clara reacción del Estado Mexicano ante la amenazante inseguridad que durante los recientes años se ha venido apropiando del territorio nacional en detrimento de la gobernabilidad, así como de los derechos y libertades fundamentales de sus habitantes. Las atribuciones que mediante dicho ordenamiento se pretenden conferir al Ejército, tienen el evidente propósito de recuperar el orden y la fortaleza institucional perdidos por las constantes violaciones al estado de derecho y por la impunidad, mismas que desde el año 2000 a la fecha han ido creciendo hasta hacer de México un escenario donde la seguridad pública parece ser un tema destinado solo a servir de marco teórico en los aspectos político y legal, debido a su carencia de sustantividad.

Así, la nueva Ley de Seguridad Interior abre un promisorio nicho de posibilidades para garantizar la salvaguarda de la seguridad de las personas y la solidez de las instituciones, a lo largo y ancho de la República. Sin embargo, para lograr la plena eficacia de esta nueva disposición legal es necesaria la probidad en su aplicación,

ya que su inobservancia, por corrupción o disimulo, anularía las posibilidades de avanzar en el combate a la inseguridad que hoy es nuestro principal flagelo público.

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