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Amicus curiae: palo de la Unam en estudio a elección de El Pato Ávila

Chihuahua.- Un estudio realizado por la Universidad Autónoma de México  (UNAM) sobre la elección del sacerdote jesuita Javier Ávila Aguirre como integrante del Consejo general de la Comisión Ejecutiva...
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Amicus curiae: palo de la Unam en estudio a elección de El Pato Ávila

Chihuahua.- Un estudio realizado por la Universidad Autónoma de México  (UNAM) sobre la elección del sacerdote jesuita Javier Ávila Aguirre como integrante del Consejo general de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Chihuahua, concluye que al ser un ministro de culto no puede ocupar un cargo público, ya que esto vulnera el principio de laicidad.

Amicus curiae (que significa amigo de la corte o amigo del tribunal) toma en cuenta el Juicio de amparo indirecto no. 1055/2017 en el Juzgado Octavo del décimoseptimo circuito para defender y salvaguardar los principios constitucionales de laicidad y de separación de Estado y de las iglesias.

Y es que el pasado 9 de marzo de 2017 el Congreso de Chihuahua designó al padre Javier Ávila, conocido como El Pato en el cargo público, sin embargo el ciudadano Rodolfo Leyva Martínez presentó un amparo indirecto en busca de anular la designación.

Pos u parte el congreso local promovió un recurso de queja en contra de la admisión. La impugnación consta en el expediente no. 87/2017, en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativo. Pero su resolución se encuentra pendiente.  

Uno de los argumentos que se presentan está la Carta Magna y la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público que en su artículo 14 menciona:

Los ciudadanos mexicanos que ejerzan el ministerio de cualquier culto, tienen derecho al voto en los términos de la legislación electoral aplicable. No podrán ser votados para puestos de elección popular, ni podrán desempeñar cargos públicos superiores, a menos que se separen formal, material y definitivamente de su ministerio cuando menos cinco años en el primero de los casos, y tres en el segundo, antes del día de la elección de que se trate o de la aceptación del cargo respectivo.

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