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Reglamentan revocación de mandato, plebiscito y referéndum

Chihuahua.- El pleno del poder legislativo, aprobó el dictamen mediante el cual se creó la ley de participación ciudadana, en el cual, se incorporó la figura de la revocación de mandato a los funcionarios...
  • Por Gabino Sandoval
Reglamentan revocación de mandato, plebiscito y referéndum

Chihuahua.- El pleno del poder legislativo, aprobó el dictamen mediante el cual se creó la ley de participación ciudadana, en el cual, se incorporó la figura de la revocación de mandato a los funcionarios públicos, así como el plebiscito, referéndum e iniciativa ciudadana.

La bancada del PRI, solicitó que se quitara la figura de la ley que se votó, sin embargo, la solicitud fue rechazada por la mayoría de los legisladores, ya que únicamente las diputadas del tricolor, la bancada del Panal y la diputada Crystal Tovar votaron a favor de la propuesta.

En lo general, el dictamen fue votado con un total de 28 votos a favor y cinco en contra de las diputadas del PRI. 

En el cuerpo del dictamen, se dotó a la ciudadanía de participación en la vida política del estado, entre los que destacó la figura de revocación de mandato, la cual permitirá que evalúen el trabajo de los servidores públicos a la mitad de su periodo.

La misma, se considera como un instrumento de consulta para que la ciudadanía pueda expresarse mediante sufragio así considera que el gobernante puede mantenerse en el cargo.

Podrán someterse a la revocación de mandato el titular del poder ejecutivo, diputados locales, presidentes municipales y las sindicaturas de los mismos, el cual, deberá ser solicitado para poder iniciar el proceso.

Para poder iniciar un procedimiento de revocación de mandato, deberá solicitarse al IEE por parte de el ejecutivo, legislativo, los ayuntamientos o cualquier ciudadano.

Para poder someter a votación la revocación de mandato, se deberá juntar cierto número de apoyo ciudadano, dependiendo de a qué servidor público se pretenda evaluar.
 
Esta figura de revocación de mandato, solo podrá ser solicitada a la mitad del periodo de los servidores públicos, es decir, al gobernador en sus primeros tres años, diputado, síndicos y presidentes municipales, al año y medio de iniciado su gestión.

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