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Legaliza Corral el dedazo en la constitución

Chihuahua.- Mediante una reforma a la constitución política del estado de Chihuahua,  en específico al artículo 101, el gobernador Javier Corral Jurado puede designar mediante dedazo a los jueces...
  • Por Federico Martínez Vargas
Legaliza Corral el dedazo en la constitución

Chihuahua.- Mediante una reforma a la constitución política del estado de Chihuahua,  en específico al artículo 101, el gobernador Javier Corral Jurado puede designar mediante dedazo a los jueces y magistrados para el poder judicial.

El artículo 101 fue modificado para quedar de la siguiente manera: 

ARTÍCULO 101. El procedimiento para nombrar Magistradas y Magistrados se llevará en la forma y términos que señale la Ley Orgánica del Poder Judicial, conforme a las siguientes bases:

V.- Quien ocupe la titularidad de la Gubernatura propondrá, para su ratificación, al Congreso del Estado, a una de las personas que integran la terna. La ratificación se efectuará por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes en la sesión respectiva, dentro del plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de la presentación de la propuesta. En caso que el Congreso no resolviere en dicho plazo, ocupará el cargo la persona propuesta por la o el Gobernador.

 En este decreto se establece también que en caso que el congreso rechace la propuesta, quien ocupe la titularidad de la Gubernatura enviará una nueva de entre las personas, si esta segunda propuesta fuera rechazada, ocupará el cargo el último de los integrantes de la terna, quien deberá ser designado por el legislativo.

La modificación al artículo 101 se dio mediante el decreto LXV/RFCNT/0301/2017 publicado en el periódico oficial del estado número 34 el 29 de abril del 2017.

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