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Deja tribunal sin efecto inhabilitación de Odebrecht

Cdmx.-Un tribunal federal dejó sin efecto la sanción que la Secretaría de la Función Pública dictó el año pasado contra la constructora brasileña Odebrecht, a la cual inhabilitó por cuatro años,...
  • Por editora02
Deja tribunal sin efecto inhabilitación de Odebrecht

Cdmx.-Un tribunal federal dejó sin efecto la sanción que la Secretaría de la Función Pública dictó el año pasado contra la constructora brasileña Odebrecht, a la cual inhabilitó por cuatro años, y que impide a cualquier dependencia federal celebrar contratos con ella.

La resolución del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa fue dado a conocer hoy a través del Diario Oficial de la Federación, donde se ordena reponer el procedimiento contra la constructora.

De acuerdo con la sentencia emitida a fines de septiembre del presente año, en la que se le concedió el amparo a Odebrecht, la constructora reclamó que no pudo conocer el dictamen financiero contable que se usó en su contra, por lo que no estuvo en posibilidad de ejercer su debida defensa. 

En el amparo en revisión 192/2018 se menciona que “con dicho oficio se le concede a la quejosa su derecho de audiencia respecto de los hechos que se investigan, y se da inicio al procedimiento administrativo de sancio?n a licitantes, proveedores y contratistas, por estimar que existen elementos para presumir que incumplio? con sus obligaciones contractuales y se le otorgan quince di?as ha?biles para que manifieste lo que a su derecho convenga en el procedimiento sen?alado, aportando las pruebas que estime pertinentes, empero, no se le corrio? traslado con el documento a trave?s del cual se basa dicha imputacio?n”.

“De ahi? que aquella omisio?n o retardo en la entrega de las copias certificadas del dictamen base de la imputacio?n, si? tiene efectos de cara?cter irreparable en relacio?n a las exigencias del debido proceso y en especi?fico, al derecho a una adecuada y oportuna defensa”, detalló el tribunal colegiado.

“Con lo anterior, se pone en evidencia que, hasta esa etapa procesal (cinco de septiembre de 2017), aquella omisio?n o retardo de la expedicio?n de copias, no se revelo? como una simple desatencio?n gene?rica a una peticio?n de un gobernado, sino que en si? misma se vincula directamente al procedimiento de origen.

“Lo que conlleva a sen?alar que la omisio?n o tardanza de la autoridad en aportar a la parte quejosa copias certificadas del documento base de la imputacio?n, para que este? en aptitud de entablar adecuadamente su defensa, si? impacta sobre los efectos concretos y especi?ficos que produce en el procedimiento administrativo, en virtud de que el simple paso del tiempo genera indefensio?n, pues como se vio, se le concedieron quince di?as para producir sus manifestaciones y aportar las pruebas que se relacionan con los hechos imputados y las presuntas infracciones que se le atribuyen, lo que puede verificar una vez que obtenga las copias del dictamen contable financiero de 21 de agosto de 2017 que solicito? para esos fines”, menciona la sentencia.

El año pasado la SFP sancionó a Odebrecht; la Unidad de Responsabilidades de Petróleos Mexicanos de la SFP emitió una circular en la que se advierte sobre un procedimiento de sanción administrativa contra la Constructora Norberto Odebrecht S.A., dentro del expediente PTRI-S-005/2017. Odebrecht “no podrá participar por sí misma en procedimientos de contratación o celebrar contrato alguno con las dependencias, la Procuraduría General de la República, Entidades de la Administración Pública Federal, Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias, así como con las Entidades Federativas cuando utilicen recursos federales”, se dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación en diciembre de 2017. 

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