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Aprueba senado seguridad social para trabajadoras del hogar

Cdmx.- La Cámara de Senadores aprobó, por unanimidad, las reformas a las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, que regulan el trabajo doméstico remunerado, y reconoce y garantiza los derechos...
  • Por Editora NG
Aprueba senado seguridad social para trabajadoras del hogar

Cdmx.- La Cámara de Senadores aprobó, por unanimidad, las reformas a las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, que regulan el trabajo doméstico remunerado, y reconoce y garantiza los derechos de quienes se dedican a esta labor.  

Se establecen mejores condiciones laborales para las y los trabajadores del hogar; se reivindica y dignifica esta actividad, de la cual dependen millones de familias mexicanas.

A partir de dicha reforma, gozarán de los derechos laborales básicos como tiempo de trabajo, descanso semanal, vacaciones pagadas, salario mínimo y cobertura de seguridad social, incluyendo la protección de maternidad.

Se define a la persona trabajadora del hogar como aquella que de manera remunerada realiza actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra, inherente al hogar en el marco de una relación laboral, “que no importe para el empleador beneficio económico directo”, conforme a las horas diarias o jornadas semanales establecidas en la ley.

Prohíbe la contratación de menores de 15 años; precisa que, tratándose de adolescentes mayores a esa edad, el patrón deberá fijar jornadas que no excedan seis horas diarias y 36 horas semanales.

Evita la contratación de personas adolescentes mayores de 15 años que no hayan concluido, cuando menos la secundaria. 

Se destaca en el documento que en ningún caso se podrá contratar a adolescentes que presten sus servicios para una sola persona empleadora y residan en el domicilio donde realicen sus actividades.

La reforma señala que el trabajo del hogar deberá fijarse mediante contrato por escrito, que incluya como mínimo el nombre y apellidos del empleador y de la persona trabajadora del hogar; dirección del lugar de trabajo habitual; fecha de inicio del contrato y el periodo específico de duración. 

Asimismo, deberá indicar el tipo de labor por realizar; remuneración, método de cálculo y periodicidad de los pagos; horas de trabajo; vacaciones anuales pagadas y periodos de descanso diario y semanal; suministro de alimentos y alojamiento, cuando proceda; condiciones relativas a la terminación de la relación de trabajo, entre otros aspectos.

El empleador estará obligado a registrar ante la autoridad laboral competente, el contrato que se celebre. El documento se establecerá sin distinción de condiciones, al tratarse de migrantes que se dediquen a este tipo de labor.

Queda prohibido solicitar constancia o prueba de no embarazo para la contratación. Se deja en claro que no podrá despedirse a una trabajadora del hogar embarazada, pues de ser el caso, el despido se presumirá como discriminación.

Las personas trabajadoras del hogar contarán con vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso obligatorio a la seguridad social, aguinaldo, y cualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes.

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fijará los sueldos que, en ningún caso, podrá ser menor a dos salarios mínimos vigentes. 

El dictamen prohíbe la discriminación en todas las etapas de la relación de trabajo y en el establecimiento de las condiciones laborales, así como cualquier trato que vulnere la dignidad de las personas trabajadoras del hogar.

Menciona que de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México se estima que hay más de 2.2 millones de personas dedicadas al trabajo doméstico remunerado, de la cuales 90 por ciento son mujeres.

Asimismo, señala que una de cada tres trabajadoras no concluyó la primaria; tres de cada diez no finalizaron la secundaria y una de cada tres son de origen indígena.

El presidente de la Mesa Directiva, Martí Batres, dijo que se trata de modificaciones en materia de igualdad que forman parte de la reforma laboral, por lo que se enviará de forma inmediata a la Cámara de Diputados para que pueda ser aprobada antes de que termine el periodo ordinario de sesiones.

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