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No avisó corral al congreso de sus vacaciones

Chihuahua.- De acuerdo a la Constitución Política del Estado de Chihuahua, el Gobernador se consideraría separado del despacho cuando sin un permiso previo del Congreso, saliere de los límites del...
  • Por César Lozano

Chihuahua.- De acuerdo a la Constitución Política del Estado de Chihuahua, el Gobernador se consideraría separado del despacho cuando sin un permiso previo del Congreso, saliere de los límites del estado por más de 5 días hábiles.

Hasta el momento ninguna autoridad ha informado de manera formal el motivo de la ausencia del mandatario. En el Congreso del Estado la diputada Rocío González, de la Mesa Directiva del poder Legislativo, confirmó que no recibieron solicitud de permiso por parte del mandatario. Tampoco en Oficialía de Partes se recibió documento alguno.

Al respecto la Ley en su Artículo 91 dice lo siguiente:

“El Gobernador no puede separarse por tiempo alguno del ejercicio de sus funciones ni salir del territorio del Estado por más de veintiún días sin licencia del Congreso o, en su receso, de la Diputación Permanente; cuando deba salir por un término de veintiún días o menos deberá simplemente dar aviso de su salida al Congreso y al Tribunal Superior de Justicia; tratándose de giras de trabajo que se realicen fuera del país, deberá informar al Congreso del Estado dentro de los siguientes quince días hábiles, los resultados obtenidos de las mismas; cuando salga del territorio del Estado pero no del territorio nacional, por un tiempo no mayor a los cinco días hábiles, el Gobernador no necesitará pedir licencia ni dar aviso a los otros Poderes. [Artículo reformado mediante Decreto No. 1622-2016 XXII P.E. publicado en el P.O.E. No. 79 del 01 de octubre de 2016]”.

Así mismo, el artículo 92 añade:

“El Gobernador se considerará separado del Despacho, cuando saliere de los límites del Estado sin la licencia requerida por el artículo próximo anterior, salvo casos de fuerza mayor”.

Al respecto, el abogado Gerardo Cortinas Murra comentó que la Ley deja algunas dudas alrededor de los artículos que establecen plazos y mecanismos del titular del Poder Ejecutivo para salir del estado, como por ejemplo en los tiempos de anticipación y otros candados posibles.

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