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Dan a conocer el procedimiento para recuperar vehículos retenidos

La Comisión Estatal de Seguridad informa que conforme a lo estipulado en la Ley y el Reglamento de Vialidad y Tránsito vigente para el Estado de Chihuahua, la retención de vehículos por ser conducidos...
  • Por editoradom
Dan a conocer el procedimiento para recuperar vehículos retenidos

La Comisión Estatal de Seguridad informa que conforme a lo estipulado en la Ley y el Reglamento de Vialidad y Tránsito vigente para el Estado de Chihuahua, la retención de vehículos por ser conducidos o maniobrados bajo los efectos del alcohol, drogas u otras sustancias igualmente tóxicas, será por un plazo máximo de doce horas en la delegación de tránsito y/o espacio confinado por la autoridad para su almacenamiento.

En este sentido, es importante aclarar que el pago por arrastre y hospedaje únicamente se cobrará si se ha excedido el plazo de doce horas estipulado en el artículo 101, fracción VI, de la Ley de Vialidad y Tránsito que cita lo siguiente:

-La retención del vehículo será por un plazo máximo de doce horas, mismo que el infractor, a través de un familiar o conocido podrá utilizar para recoger el vehículo, no obstante, SI transcurrido el plazo anteriormente descrito, el automotor no es recuperado, se generan los gastos por arrastre y hospedaje-

Asimismo, esta Corporación detalla que de acuerdo a lo establecido en el artículo 197 del Reglamento de la Ley de Vialidad y Tránsito, en los casos que los vehículos sean retirados de la circulación, remitidos a los corralones, se liberaran al cumplirse los siguientes requisitos: I.- Que lo solicite el propietario o su representante legal tratándose de personas morales, comprobando la

propiedad y posesión del automotor, su licencia de conducir y póliza de seguro vigentes, acompañado de boleta de infracción y del recibo de pago de la misma.

II.- Si lo solicita el conductor sancionado, presentando el original de la factura o título del vehículo, licencia de conducir y póliza de seguro vigentes, acompañado de boleta de infracción y del recibo de pago de la misma (reforma P.O. 065, 24/agosto/2013).

Comprobados los requisitos anteriores, la Delegación de Tránsito en este caso División de Policía Vial, expedirá la orden de salida, para que el particular se dirija al corralón en que se encuentra el vehículo y realice el pago si es que así corresponde por concepto de arreste y hospedaje.

La Comisión Estatal de Seguridad reitera hacer buen uso del número de emergencia y pone a disposición de la ciudadanía el 9-1-1, denuncia anónima 089; o bien la página www.pasaeldato.gob.mx para denunciar cualquier situación anómala.

Comunicado de CES

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