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Podrán parejas decidir orden de apellidos de sus hijos

Ciudad de México.- La Asamblea Legislativa aprobó modificaciones al artículo 58 del Código Civil del Distrito Federal, para que las parejas puedan decidir el orden de los apellidos...
  • Por José Oswaldo
Podrán parejas decidir orden de apellidos de sus hijos

Ciudad de México.- La Asamblea Legislativa aprobó modificaciones al artículo 58 del Código Civil del Distrito Federal, para que las parejas puedan decidir el orden de los apellidos que llevarán sus hijos o herederos.

Antonio Padierna, diputado perredista, detalló que los hijos que nazcan de un matrimonio que decidió cambiar el orden de los apellidos tendrán las mismas consecuencias jurídicas que se tienen actualmente.

Durante la sesión de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, el asambleísta del PRD puntualizó que el orden de los apellidos que se elija para el primer hijo será el mismo que se utilizará para los siguientes herederos.

“Se había venido dando más a partir de usos y costumbres que se venían utilizando en otros tiempos, hoy ya hemos decidido o hemos propuesto que no sea por un asunto de estirpe el que deba permanecer o prevalecer el orden del apellido paterno, sino que sea como la pareja decida, es decir, una pareja que lleva a registrar a su hijo decidirá libremente el orden de los apellidos en los que quieren que aparezcan en el acta correspondiente”, precisó.

Padierna abundó que los hijos tendrán derecho a filiación, nombre y derecho a heredar, como la ley civil lo indica; por tanto, no se cambia la filiación de estos hijos.

El presidente de dicha comisión explicó que la aprobación del dictamen no implica que cualquiera podrá cambiar su nombre, ya que no tendrá efectos retroactivos y solo se aplicarán a partir de la publicación de la ley.

“La ley no tiene efectos retroactivos para los que estamos registrados ya bajo una modalidad; esto tendrá efectos 90 días posteriores a la publicación surtirá los efectos para que el reglamento en el Registro Civil haga las adecuaciones correspondientes y de ahí en adelante quedarán en este registro y bajo esta nueva forma las personas”, detalló.

Respecto a las parejas que adopten hijos, aún siendo matrimonios del mismo sexo, su CURP, por ejemplo, estaría formado a partir del orden de los apellidos de los padres.

Alejandro Robles, asambleísta del PRD, aseveró que con esta iniciativa se reivindica que el primer apellido de un hijo puede ser el de la mamá, lo cual, dijo, constituye también un reconocimiento a la labor que realizan las jefas de familia en la capital.

En tanto, Óscar Moguel, diputado de Movimiento Ciudadano, recordó que aunque el Registro Civil ya permitía realizar esta práctica aún sin las modificaciones al Código Civil, con estas modificaciones se da certeza jurídica a las parejas que requieren un procedimiento para otorgar sus apellidos a sus hijos.

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