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Invalidan revocación de permiso al Zar

Ciudad de México.- Un juez federal declaró ilegal la revocación del permiso para operar casinos de la empresa Entretenimiento de México (Emex), propiedad de los hermanos Juan...
  • Por José Oswaldo
Invalidan revocación de permiso al Zar

Ciudad de México.- Un juez federal declaró ilegal la revocación del permiso para operar casinos de la empresa Entretenimiento de México (Emex), propiedad de los hermanos Juan José y Arturo Rojas Cardona.

Ricardo Gallardo Vara, juez Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa, concedió a Emex un amparo contra la resolución dictada el primero de abril por la Secretaría de Gobernación, mediante la cual se revocó el permiso otorgado en 2005 para operar hasta 50 casinos durante 25 años.

La sentencia no es definitiva y por el momento no implica que Emex recupera su permiso, ya que Gobernación puede impugnarla ante un tribunal colegiado de circuito, que tendrá la última palabra en este caso.

Cabe mencionar que, en mayo pasado, el Consejo de la Judicatura Federal suspendió a dos magistrados de circuito y un juez de distrito para investigar su relación con un abogado de Emex, tras la publicación de llamadas telefónicas entre ellos.

El amparo revela que Gobernación se basó en un mero tecnicismo para revocar el permiso, pues su decisión derivó de la operación irregular de un solo casino, en este caso el Sportzone ubicado en el municipio de San Juan del Río, Querétaro.

La Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS) consideró que Emex no tenía permiso municipal para operar el establecimiento, ya que la autorización que exhibió solo fue firmada por el Secretario de Finanzas, un funcionario que, en sentido estricto, no forma parte del ayuntamiento.

Esa sola infracción fue calificada por la DGJS como grave y suficiente para revocar el permiso de Emex, pero el juez Gallardo resolvió que el Secretario de Finanzas sí podía otorgar la autorización de funcionamiento del local.

"Conforme a los artículos 4 y 10 del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas en el Municipio de San Juan del Río, Querétaro, para la operación de centros o instalaciones de diversión, se requiere licencia o permiso municipal que deben ser autorizados por el Ayuntamiento, o expedidos por la dependencia encargada de las Finanzas Públicas Municipales", dice la sentencia.

"Por consiguiente, si la anuencia municipal de 4 de octubre de 2011 dirigida a la empresa Entretenimiento de México, S.A. de C.V., está suscrita por el Secretario de Finanzas Municipal, resulta indudable que cuenta con facultades expresamente establecidas en el artículo 4 del Reglamento para emitir la anuencia para la operación de un establecimiento de juegos con apuestas y sorteos".

De hecho, el pasado 22 de abril, ya que Gobernación había revocado el permiso, el Ayuntamiento de San Juan del Río emitió un oficio para reiterar que el Secretario de Finanzas sí puede autorizar el funcionamiento de centros de apuestas.

Si el amparo es confirmado por el tribunal colegiado, la DGJS tendrá que emitir una nueva resolución en el procedimiento administrativo AJP/0126/13-XI, pero sin considerar que la autorización municipal fue irregular.

Reforma solicitó por Ley de Transparencia la resolución de dicho procedimiento administrativo, pero la DGJS la clasificó como reservada hasta el 21 de noviembre de 2018.

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