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Denuncia Cedehm promulgación de leyes violatorias de DH en el estado

El día de ayer, César Duarte promulgó en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua los nuevos códigos de procedimientos civiles y familiares, en medio de una...
  • Por Daniela Jiménez

El día de ayer, César Duarte promulgó en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua los nuevos códigos de procedimientos civiles y familiares, en medio de una serie de críticas por el contenido de ambas normas y el proceso por el cual fueron aprobadas. Aunque se hubiese esperado algo distinto, ese actuar no podía ser de otra manera ya que es sabido que la presión de la aprobación por parte del Congreso provino de Palacio de Gobierno.

Como es sabido, el pasado 26 de junio pasado, 23 de los 33 diputados/as del Congreso del Estado de Chihuahua votaron a favor, con siete honrosas excepciones que votaron en contra: Ana Gómez, Rogelio Loya y Humberto Pérez, del PAN; Hortensia Aragón y Javier Mendoza, del PRD; América Aguilar del PT y Fernando Reyes del Movimiento Ciudadano.

Esa aprobación –realizada a toda prisa, a puerta cerrada y sin previa lectura de las dos normas adjetivas a ser adoptadas- desobedeció a las expresiones de preocupación sobre distintas disposiciones que carecen de perspectiva y violan varios derechos humanos contenidos en la Constitución mexicana y en varios tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte. Las personas que deberían ser representantes populares también cerraron el Congreso y lo rodearon de la fuerza pública para impedir que ese mismo 26 de junio varias personas ingresaran al Congreso a escuchar el debate previo a la aprobación de los códigos.

El actuar del Congreso estatal denostó las diversas propuestas que se hicieron para perfeccionar los códigos, en temas como el derecho a la vivienda; la agilización de trámites civiles y familiares en casos de personas desaparecidas; los divorcios; el reconocimiento de niñas y niños; etc.

Pero la aprobación de los ello no terminó en el actuar arbitrario de los y las diputados. La falta de conocimiento sobre el tema y la arbitrariedad en el actuar de ese cuerpo colegiado se vieron reflejadas en las irresponsables y preocupantes declaraciones del coordinador de la mayoría partidaria en el Congreso estatal, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) Rodrigo de la Rosa Ramírez, quien señaló lo siguiente: “Veo intereses no muy claros de estas organizaciones civiles que se manifiestan. Los códigos tienen 10 foros, lleva un año en ese proceso, hay permanente consulta, y casualmente dos o tres días previos a subirse al pleno se manifiestan”

Ese funcionario público –al que le paga el erario y quien tiene una responsabilidad ética y política que cumplir- también dijo que: “En materia familiar, […] no debe caerse en excesos y explicó que en eso caen los grupos derechohumanistas feministas. ‘Hay que establecer qué se considera violencia intrafamiliar’; y terminó sentenciando que “Todos los que estamos casados, en vida de pareja, hemos tenido altercados, desacuerdos, y podemos llegar al grito, al jaloneo, pero eso no quiere decir que a la violencia, propiamente dicha’.”

Dado que, salvo contadas excepciones, fue imposible dialogar con los actores políticos en Chihuahua, diversas organizaciones remitidos información a diferentes personas expertas del Sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas y del Sistema Interamericano. También remitimos dos misivas al Secretario de Gobernación, en su calidad de Presidente del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

Cualquier Congreso tiene la obligación de legislar conforme a los derechos humanos. En el caso el comento, ese deber está contenido, entre otros, en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), el artículo 2.2 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el artículo 3 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); los artículos 6.a) y 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención de Belém do Pará), el artículo 2 del Protocolo Facultativo a la CADH en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), y el artículo I.d) de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.

En algunas oportunidades, se ha demostrado que en Chihuahua se puede avanzar en leyes respetuosas de derechos humanos. Ejemplo de ello fue el proceso incluyente y serio que derivó en la implementación del sistema penal acusatorio en la entidad. De igual manera, recordamos el veto de las reformas a la Ley de Transparencia para que se pudieran modificar y garantizaran los más altos estándares en materia de derechos humanos.

No obstante, en esta ocasión, el proceso mencionado nos recuerda por qué Chihuahua cuenta con más de 1,400 recomendaciones y resoluciones de instancias nacionales e internacionales por incumplimiento a las obligaciones en materia de derechos humanos. El día de hoy se demuestra de nueva cuenta la arbitrariedad, el autoritarismo y la falta de escucha, que cada vez son más necesarias en esta entidad.

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