Nacional

Investiga Cndh detención de líderes yaqui por federales

México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que preside el doctor Raúl Plascencia Villanueva, radicó un expediente por presuntas violaciones a derechos humanos en...
  • Por José Oswaldo
Investiga Cndh detención de líderes yaqui por federales

México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que preside el doctor Raúl Plascencia Villanueva, radicó un expediente por presuntas violaciones a derechos humanos en agravio de dos líderes indígenas Yaqui, con motivo de un escrito de queja presentado ante este organismo nacional.

En la queja se menciona que el dirigente y vocero de la Tribu Yaqui, fue detenido cuando circulaba por las calles de Ciudad Obregón, Sonora, por elementos de la Policía Federal Ministerial, sin que hubiera orden de aprehensión o presentación en su contra. Con posterioridad a estos hechos, se recibieron diversos comunicados de organizaciones de la sociedad civil donde refieren el caso del referido dirigente, así mismo, denuncian también la detención de otro integrante de esa tribu.

Como parte del trabajo de investigación, se han realizado gestiones a fin de reunir las evidencias que permitan acreditar si las detenciones de los agraviados estuvieron apegadas a derecho, para lo cual, visitadores adjuntos de este Organismo Constitucional Autónomo realizan visitas de campo para entrevistar a los agraviados y recabar las documentales correspondientes.

Esta Comisión Nacional, como lo ha expresado en diversos pronunciamientos, no se opone a las acciones que realizan los servidores públicos que integran las instituciones de procuración de justicia en la investigación y persecución de conductas delictivas, sino a que dichas acciones se realicen fuera del marco constitucional y del sistema internacional de los derechos humanos.

Si bien es cierto que la actividad persecutoria del delito resulta una labor fundamental del Estado Mexicano, también lo es que las tareas de velar por la procuración de justicia y el derecho a un debido proceso, se realicen con estricto apego y respeto a los derechos humanos, por lo que tratándose de personas indígenas, de conformidad con el artículo 2 constitucional, debe garantizarse aún más esa protección.

Una vez integrado el expediente de queja y agotadas las investigaciones, la CNDH emitirá la determinación que conforme a derecho corresponda.

Tags: