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Subraya Cndh que violaciones graves a derechos humanos deben hacerse públicas

Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos subrayó que los hechos que constituyan violaciones  graves a derechos humanos deben ser del conocimiento público...
  • Por Reportero de Guardia

Ciudad de México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos subrayó que los hechos que constituyan violaciones  graves a derechos humanos deben ser del conocimiento público y no tener carácter reservado, afirmó hoy el Primer Visitador General, Ismael Eslava Pérez, quien puso en relieve que existe un órgano especializado encargado de la investigación de hechos violatorio a derechos humanos, quedando incluido aquéllos que éste determine como graves.

Al participar en las audiencias públicas organizadas por el Senado de la República para dictaminar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señaló que la calificación de gravedad siempre debe estar sustentada en elementos mínimos indispensables que permitan llegar a esa determinación, razón por la cual no existe un momento específico para tal determinación.

“La facultad concedida al órgano garante del derecho de acceso a la información y la otorgada al órgano especializado para investigar hechos que constituyan violaciones graves a derechos humanos, dijo, debe ponderarse a la luz de lo expuesto, a fin de preservar un sistema armónico de atribuciones y competencias constitucionales”.

Eslava Pérez puntualizó que la CNDH está convencida que el acceso a la información pública es inherente a un sistema democrático de derecho y, por tanto, debe garantizarse su protección, particularmente en aquellos casos en que existan violaciones graves a derechos humanos. 

Tras precisar que la Constitución Mexicana establece una clara distinción entre las atribuciones que el artículo 6º concede al órgano garante en materia de transparencia y acceso a la información pública, y las que el artículo 102, apartado B, confiere a la CNDH, puso de manifiesto que:

“La determinación de hechos violatorios a derechos humanos, así como la calificación que se haga sobre la gravedad de los mismos, son cuestiones que constitucionalmente están reservadas para la CNDH por ser la instancia que puede llevar a cabo la investigación de los mismos. Por tanto, la determinación deberá acontecer en el momento en que se cuente con los elementos mínimos indispensables, es decir, al inicio o durante el desarrollo de la investigación que realiza, aseguró.

“La calificación de violaciones graves a derechos humanos, añadió Eslava Pérez, se debe realizar con ponderación y proporcionalidad en relación con otros derechos atendiéndolos principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad señalados en el artículo 1º de la Constitución General de la República”.

De igual manera, precisó que la calificación de grave de un hecho violatorio a derechos humanos, en sí misma hace que el acceso a la información sea pleno y que en ningún momento nadie pueda poner obstáculos para que la sociedad esté debidamente enterada de lo sucedido.

Finalmente, señaló que no existe discusión alguna sobre el acceso a la información tratándose de hechos que constituyan violaciones graves a derechos humanos.

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