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No siempre quien mejor se expresa en un juicio oral es mejor abogado: Rafael Coello

Chihuahua.- En el marco de la realización de la Asamblea Internacional de la Anomac 2015, se llevó a cabo la conferencia "El legislador y la función judicial del Estado Mexicano",...
  • Por Carlos Hernández
No siempre quien mejor se expresa en un juicio oral es mejor abogado: Rafael Coello

Chihuahua.- En el marco de la realización de la Asamblea Internacional de la Anomac 2015, se llevó a cabo la conferencia "El legislador y la función judicial del Estado Mexicano", a cargo de Rafael Coello Cetina, secretario general de acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En su charla, el conferencista expuso que la oralidad debe buscar acortar la extensión de los juicios, pero no necesariamente debería inclinarse la resolución del juez, por el abogado que hable mejor o exponga con mucha elocuencia.

Asimismo, afirmó que no hay eficacia suficiente de los derechos humanos, no hay satisfacción plena del derecho al alimento, "es decir no hay eficacia en los derechos fundamentales, y donde no se logra, allí puede entrar el poder judicial", acotó.

En este sentido, consideró que si el tribunal no es autónomo, el funcionamiento no será el óptimo, por lo que se necesita que desde la constitución se reconozca una esfera autónoma,  pero con límites al ejercicio del gasto público al poder judicial.

"Cual es el sistema idóneo, el juzgador debe permanecer en el cargo, se habla de un cargo vitalicio, otros casos son la ratificación de jueces o magistrados, pero ahí puede haber un debate para definir si es conveniente",  abundó Coello Cetina. 

Por otra parte, al hablar de la distribución de la función judicial, indicó que está la regulación de los principios de la función jurisdiccional, la regulación de las vías para hacer eficaces los derechos de las personas y la competencia para conocer de esas vías.

Expresó que de igual manera se deben atender las regulaciones de las vías para hacer eficaces las esferas de las entidades políticas y las facultades de los poderes y los órganos que más integran.

"Está también la regulación de los intereses tutelares en las vías para hacer eficaces los derechos de las personas y las facultades de los órganos así como su trascendencia a la garantía de audiencia previa, mientras que el papel de las sentencias de los tribunales en la construcción del orden jurídico y la ejecución de las resoluciones judiciales, son algunos de los elementos que conforman la distribución de la función judicial", concluyó.

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