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Declaran infundado recurso para desechar amparo vs los paramédicos

Chihuahua.- El día de hoy, el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, al resolver el recurso de queja 10/2O15, declaró infundado el reclamo del Congreso...
  • Por Denisse

Fue promovido por el Congreso

Fue promovido por el Congreso

Chihuahua.- El día de hoy, el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, al resolver el recurso de queja 10/2O15, declaró infundado el reclamo del Congreso del Estado de Chihuahua, que pretendió echar abajo la admisión de la demanda de amparo promovida por el licenciado Rodolfo Baca contra la designación de los trece Magistrados-Paramedicos con la misión de darle oxígeno al Tribunal Superior de Justicia de Chinas.

Esa decisión en la que se aplica la jurisprudencia obligatoria de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es de suma importancia porque fija el criterio en el sentido de que las facultades que los legisladores tienen al nombrar magistrados estatales, no son soberanas ni discrecionales, como en días pasados lo resolvió equivocadamente el Primer Tribunal Colegiado del mismo Décimo Séptico Circuito.

Esa resolución, seguramente impactará en la solución de la queja que se promovió contra la diversa admisión de la demanda del licenciado Arturo Ramirez Luque, quien impugnó dichas designaciones.

Así que el litigio constitucional sigue, y muy probablemente sea ganado, para quitar a los Juzgadores indebidamente designados sin cumplirse con los parámetros previstos en el articuló 116 de la Constitución Federal, articulo 8.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, así como su interpretación jurídica decantada respectivamente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual es vinculante y obligatoria para todas las autoridades del Estado Mexicano.

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