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Tras reforma electoral, contará con 3 diputados extras próxima legislatura

Chihuahua.- Al realizarse este lunes la aprobación de la reforma político electoral en el Congreso del Estado, se incluyó la posibilidad de impulsar la equidad y la igualdad a...
  • Por Carlos Hernández
Tras reforma electoral, contará con 3 diputados extras próxima legislatura

Chihuahua.- Al realizarse este lunes la aprobación de la reforma político electoral en el Congreso del Estado, se incluyó la posibilidad de impulsar la equidad y la igualdad a partir del establecimiento de hasta tres curules adicionales, con lo cual se pasaría de 33 diputados a 36 para la próxima legislatura.

En este sentido, la Junta de Coordinación Parlamentaria que la integran diputados de los partidos PAN, PRI, PRD, PT, Pvem, Nueva Alianza y Movimiento Ciudadano, definió que la disposición Constitucional en materia de subrrepresentación, ha llevado al poder legislativo instrumentar una posible solución ecléctica.

Lo anterior al señalar que no se trata de castigar al partido político que haya resultado triunfador restándole posiciones que se ganaron por sufragios, ni tampoco ser omisos en la aplicación de dicha norma.

"Hemos decidido impulsar la equidad y la igualdad a partir del establecimiento de hasta  tres curules adicionales, que para los efectos de ser necesaria su utilización por haberse acreditado la hipótesis de la menor representación en ocho puntos porcentuales de votación de un Partido Político", se menciona en el dictamen presentado este lunes.

Se asegura en el documento, que el único propósito de tener elementos para su cumplimiento, y al establecer tajantemente que de ninguna manera y por circunstancia diferente, se podrán incorporar estas diputaciones a la Legislatura.

El artículo 40 menciona lo siguiente...

El Congreso del Estado se integra por veintidós diputados electos por el principio de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y once diputados electos según el principio de representación proporcional, para lo cual, existirá una circunscripción plurinominal correspondiente al territorio de la Entidad. 

Podrán además asignarse hasta tres diputados plurinominales adicionales, para evitar que un partido político se ubique en la hipótesis de subrepresentación que prohíbe esta Constitución y a fin de garantizar la representación mínima a los partidos políticos que alcancen el umbral de votación exigido y demás requisitos que establezca la Ley. 

Los diputados de mayoría relativa y los de representación proporcional, tendrán la misma categoría e iguales derechos y obligaciones.

Se agrega que en ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la legislatura que exceda en ocho puntos su porcentaje de votación emitida. 

Esta base no se aplicará al partido político que por sus triunfos en distritos uninominales obtenga un porcentaje de curules del total de la legislatura, superior a la suma del porcentaje de su votación emitida más el ocho por ciento. 

Asimismoen la integración de la legislatura, el porcentaje de representación de un partido político no podrá ser menor al porcentaje de votación que hubiere recibido menos ocho puntos porcentuales”.

 

 

 

 

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