Nacional

Engañaba para vender huesos monstruo de Ecatepec

Edomex.- Juan Carlos “N”, El Monstruo de Ecatepec, buscó la protección de espíritus malos para que no lo capturara la policía por los crímenes que había cometido, pero lo agarraron porque dicen...
  • Por editora02
Engañaba para vender huesos monstruo de Ecatepec

Edomex.- Juan Carlos “N”, El Monstruo de Ecatepec, buscó la protección de espíritus malos para que no lo capturara la policía por los crímenes que había cometido, pero lo agarraron porque dicen que no pagó el último sacrificio que pidió la Santa Muerte: una mujer embarazada.

Preso en el penal de Chiconautla, Juan Carlos y su pareja, Patricia “N”, son procesados por al menos 10 feminicidos, además de delitos en materia de inhumaciones y exhumaciones, pues se presume que comercializaban los restos óseos de sus víctimas.

“Se desenvolvía en los círculos de santeros, a quienes ofrecían los huesos. Les decía que era panteonero, pero los brujos comenzaron a dudar de él, porque traía bastantes cráneos, dedos, fémures y hasta ofertaba osamentas enteras a 12 mil pesos”, narró, Olek Yasikod Boika, quien se dedica a la santería.

También llevaba restos al Mercado de Sonora en Ciudad de México y hasta le hacían encargos: los dedos meñiques los vendía de 350 a 600 pesos, si eran huesos de adolescentes pedía hasta mil pesos por ellos.

Juan Carlos “N” pidió protección a los santeros porque, según él, trabajaba en un panteón y desenterraba osamentas para venderlas.

Incluso les dijo que laboraba en el cementerio de San Lorenzo, en Iztapalapa, pero quienes lo trataron sabían “que estaba medio loco, que decía muchas cosas sin coherencia”.

La regulación sobre cadáveres y su destino final está contemplado en el artículo 313 de la Ley General de Salud del estado. En este se establece que el control sanitario incluye la conservación permanente, inhumación, incineración, desintegración e inactivación de órganos, tejidos, células y derivados, incluyendo los de embriones y fetos.

De acuerdo con el el artículo 280 del Código Penal Federal, se impondrá prisión de tres días a dos años o de 30 a 90 días multa a quien oculte, destruya o sepulte un cadáver o un feto humano sin la orden de la autoridad que deba darla o sin los requisitos que exijan los códigos civil y sanitario o leyes especiales.

Además, se impondrá la misma pena “al que oculte, destruya o sepulte un cadáver sin la licencia correspondiente, siempre que la muerte haya sido a consecuencia de golpes, heridas u otras lesiones, si el reo sabía esa circunstancia, así como al que exhume un cadáver sin los requisitos legales o con violación de derechos”. 

Tags: