La Fuente Móvil

ADORNO JURÍDICO

  • Por Editor R

Después de dos años, el Juzgado Tercero de Distrito con sede en esta ciudad, dictó la sentencia del iphonazo en el Expediente 2182/2019. Concedió el amparo al periodista Gabriel Venzor y a La Opción de Chihuahua por los sucesos ocurridos el 30 de noviembre de 2019 contra dos personas que ya no son Autoridad. Javier Corral Jurado y Juan Manuel Escamilla, ciertamente, dejaron sus cargos en septiembre pasado. Así que el amparo, realmente, no tiene ningún efecto jurídico sobre ellos, más allá de la simple declaración de que efectivamente, como fue señalado en el escrito original del Juicio de Garantías, La Corraleja violó todas las normas habidas y por haber en materia de Libertad de Expresión. Con la conducta del mamarracho fueron violentados los artículos 1, 6, 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Igualmente se reconoce en la Sentencia de Amparo violación al artículo 13 de la Convención Americana de los de los Derechos Humanos, el 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros tantos más sobre la materia. Sin embargo, no pasará más allá de la simple quemada política, pues el Exgobernador se fue por peteneras del Estado sin mayor preocupación. La Autoridad de Amparo, o seáse, Ana Elia Ortega Vargas, Secretaria en Funciones de Juez Tercero de Distrito en el Estado de Chihuahua. ¿Por qué dejó correr la bola y la agarró cuando ya no era Corral Gobernador? Solo ella sabe.

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