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LA BRONCA

La disputa por las reglas electorales de 2027 abrió un nuevo frente de confrontación entre el Congreso del Estado y el Instituto Estatal Electoral (IEE), encabezado por Yanko Durán Prieto. El Consejo Estatal aprobó el pasado 10 de octubre criterios de paridad que obligan a los partidos políticos a postular exclusivamente mujeres para las alcaldías de Juárez, Cuauhtémoc, Camargo, Janos y Nonoava, tanto propietarias como suplentes. La propuesta original contemplaba 23 municipios, pero finalmente quedó reducida a cinco. En los 67 ayuntamientos de Chihuahua se establecieron tres bloques de competitividad; 22 de alta, 23 de media y 22 de baja, con un mínimo de 34 candidaturas femeninas cuando se compita en todos ellos. La controversia llegó el viernes 9 de octubre a la Junta de Coordinación Política (Jucopo), donde Durán Prieto compareció ante los coordinadores parlamentarios, entre ellos Alfredo Chávez Madrid, del PAN; Arturo Medina, del PRI; Cuauhtémoc Estrada, de Morena, y Francisco Sánchez, de Movimiento Ciudadano. Chávez Madrid cuestionó la facultad del organismo para establecer reservas obligatorias por género y modificar las condiciones de selección de candidaturas, al considerar que invade competencias legislativas y la autodeterminación de los partidos. Tanto PAN como PRI anunciaron que acudirán a los tribunales electorales para impugnar los lineamientos. La exigencia legislativa se concentra en conocer el fundamento jurídico y los criterios técnicos que respaldan la decisión del árbitro electoral. El conflicto tiene un antecedente jurídico determinante. El 29 de septiembre de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó disposiciones de la reforma electoral de Chihuahua que restringían las facultades reglamentarias de la autoridad electoral, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 96/2026 y sus acumuladas. Yanko Durán sostiene que los criterios de la Corte y del Tribunal Electoral federal permiten establecer medidas adicionales cuando las disposiciones legislativas resultan insuficientes para proteger derechos políticos de grupos históricamente excluidos. En contraste, Alfredo Chávez argumenta que el IEE no puede sustituir al Congreso ni condicionar indebidamente los procesos internos partidistas. La resolución constitucional no equivale, por sí misma, a una validación judicial de las cinco reservas municipales recién aprobadas. La confrontación también ha colocado sobre la mesa la eventual responsabilidad política de las autoridades electorales. Los artículos 179, fracción VI, y 181 de la Constitución de Chihuahua contemplan a la presidencia del IEE entre los cargos sujetos a juicio político cuando existan actos u omisiones que perjudiquen intereses públicos fundamentales; una declaración de culpabilidad requiere el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes y puede derivar en destitución e inhabilitación. Sin embargo, esa disposición no autoriza automáticamente al Congreso a destituir a todos los consejeros por una discrepancia jurídica. Alfredo Chávez Madrid, como coordinador de la bancada panista, queda entre los principales interlocutores legislativos de una controversia que deberá resolverse mediante los procedimientos legales correspondientes, mientras la definición de las candidaturas municipales de 2027 permanece expuesta a impugnaciones.