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Desechan demanda de Alejandra Ramos contra fiscal anticorrupción

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  • Por Editora Dai

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Chihuahua, Chih.- El Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua resolvió el expediente PES-427/2025, correspondiente al Procedimiento Especial Sancionador promovido por María Alejandra Ramos Durán, determinando el sobreseimiento y desestimación de la demanda por supuesta violencia política contra las mujeres en razón de género en contra del fiscal anticorrupción del estado, Abelardo Valenzuela Holguín, así como de diversos funcionarios y legisladores locales.

En la resolución emitida por el órgano jurisdiccional, los magistrados electorales determinaron, en primer término, sobreseer en su totalidad los hechos atribuidos a César Eduardo Gutiérrez Aguirre y Francisco Javier Fierro Islas, relacionados con su carácter de entonces presidentes de los comités de evaluación del Poder Ejecutivo y Judicial, respectivamente. Esta misma medida de sobreseimiento fue aplicada a favor de Abelardo Valenzuela Holguín en su calidad de fiscal anticorrupción, luego de que el Tribunal acreditara la actualización de la figura jurídica de "eficacia refleja de cosa juzgada" respecto a los actos que se le imputaban en dicho procedimiento.

Asimismo, el Tribunal Electoral se declaró incompetente en materia material para conocer de los diversos señalamientos dirigidos en contra del senador Mario Humberto Vázquez Robles (y sus hijos), así como del diputado local José Alfredo Chávez Madrid, al concluirse de manera formal que las conductas reclamadas correspondían estrictamente a su naturaleza parlamentaria y legislativa.

Respecto al resto de los integrantes de los comités de evaluación para el proceso extraordinario del Poder Judicial (2024-2025), entre quienes se encontraban los consejeros de la judicatura, personalidades de los comités del Poder Ejecutivo y Judicial, así como la entonces presidenta del Tribunal Superior de Justicia, Miriam Victoria Hernández Acosta, el resolutivo declaró la inexistencia total de la infracción de violencia política de género reclamada por la denunciante.

Por último, el órgano de justicia electoral declaró la existencia de la infracción únicamente en lo correspondiente a Fernando Antonio Herrera Martínez, en su carácter de director general del medio de comunicación Express Chihuahua (Express Editores S.A. de C.V.), a quien se le impuso una sanción administrativa consistente en una amonestación pública.

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