Chihuahua.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó por unanimidad tres recursos de amparo promovidos por empresas comercializadoras de alimentos y bebidas, y ratificó la validez constitucional de los lineamientos que regulan la venta de estos productos dentro de los planteles educativos del país.
La resolución fue emitida por el Pleno de la Corte durante la sesión del 13 de octubre de 2026.
El fallo establece que las secretarías de Educación Pública y de Salud cuentan con facultades para regular la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas en escuelas de todos los niveles educativos, incluidos los de educación media superior y superior.
Los ministros determinaron que las restricciones no vulneran la libertad de comercio, pues las empresas pueden continuar comercializando sus productos fuera de los planteles o reformularlos para cumplir con los estándares nutricionales establecidos.
Las empresas Coca-Cola, Mega Vending de México y Eric Kayser México promovieron los amparos en revisión 91/2026, 127/2026 y 183/2026. Entre sus argumentos, señalaron que las restricciones afectaban sus actividades comerciales y que los estudiantes universitarios, por ser mayores de edad, deberían tener libertad para elegir qué consumir.
Sin embargo, la Corte consideró que el Estado tiene la obligación de garantizar entornos saludables en los centros educativos para toda la comunidad escolar, sin distinción de edad.
Los lineamientos validados fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024. Estos establecen qué alimentos pueden ofrecerse en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, priorizan las opciones nutritivas y restringen productos con altos niveles de azúcares, sodio, grasas y calorías que cuentan con sellos de advertencia.
Con esta resolución, los lineamientos mantienen su validez constitucional y las autoridades educativas y sanitarias cuentan con respaldo judicial para continuar aplicándolos.