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Chihuahua, Chih.- El aguinaldo es una prestación de ley que corresponde a un mínimo de 15 días de salario, calculada sobre una base de 365 días. El monto final puede variar según el salario de cada persona y los días efectivamente laborados durante el año. Es importante señalar que el derecho no se limita a empleados de planta, contempla a todas las personas que mantengan una relación laboral, sin importar su modalidad de contratación.
Tienen derecho a recibir esta prestación quienes comenzaron a trabajar durante 2026, quienes renunciaron o fueron despedidos antes de diciembre, así como el personal eventual, de confianza, sindicalizado y con contratos por tiempo determinado. Si la relación laboral termina antes de finalizar el año, el patrón está obligado a cubrir la parte proporcional del aguinaldo correspondiente a los días trabajados.
El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre, por lo que el 19 de diciembre de 2026 es el último día hábil para cumplir con esta obligación.
Respecto a los impuestos, el aguinaldo no está totalmente exento del ISR. Para 2026, la porción libre de impuestos asciende a 30 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 3 mil 519.30 pesos (con una UMA diaria de 117.31 pesos). Solo el monto que supere esa cantidad queda sujeto a retención fiscal; la parte exenta se mantiene libre de contribuciones.
En el caso de los pensionados del IMSS, el aguinaldo depende de la ley bajo la cual se otorgó su pensión. Quienes se pensionaron bajo la Ley de 1973 reciben anualmente el equivalente a una mensualidad de su pensión, sin incluir asignaciones familiares ni ayudas asistenciales, y el pago se realiza durante noviembre. En cambio, las pensiones otorgadas bajo la Ley de 1997 no contemplan este beneficio.