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Dan de baja a un policía y otro se ampara por robo de combustible en patrullas

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Chihuahua.- La titular del Órgano Interno de Control (OIC) del Municipio de Chihuahua, Carmen Yazmín Hidalgo Posada, confirmó que la corporación policial, bajo el mando del comisario Julio César Salas, notificó al órgano sobre dos elementos presuntamente involucrados en el robo de gasolina de patrullas.

Hidalgo Posada detalló que uno de los agentes ya fue removido de sus funciones por la Comisión de Honor y Justicia. 

Esta sanción, descrita como la más grave dentro del régimen policial, veta de manera definitiva al implicado para pertenecer a cualquier otra fuerza de seguridad en el país, incluyendo la SEDENA o policías estatales y municipales. 

Respecto al segundo elemento involucrado, la funcionaria informó que interpuso un amparo constitucional, por lo que el OIC se mantiene a la espera de la resolución judicial para determinar el procedimiento sancionador correspondiente.

Avanza investigación contra bombero acusado de robo

El Órgano Interno de Control se encuentra integrando la carpeta de investigación en torno a un elemento del cuerpo de bomberos, quien fue señalado por el comisario Salas como probable responsable de cometer un robo mientras atendía un siniestro en la ciudad.

Carmen Yazmín Hidalgo Posada, aclaró que, a diferencia de los policías, los bomberos son considerados funcionarios públicos ordinarios, por lo que su caso no es competencia de la Comisión de Honor y Justicia, sino del área de responsabilidades administrativas del OIC. 

La titular enfatizó que, a pesar del impacto mediático del suceso, es indispensable cumplir con el debido proceso, garantizando la audiencia y la defensa técnica del acusado antes de emitir una resolución.

Diferencian competencias OIC y fiscalías en faltas de servidores públicos

La titular del OIC, Carmen Yazmín Hidalgo Posada, precisó la distinción entre las responsabilidades que enfrentan los servidores públicos, explicando que un mismo acto puede derivar en consecuencias de índole civil, penal y administrativa.

Aclaró que el OIC municipal carece de competencia para emitir indemnizaciones o resolver delitos, tareas que corresponden exclusivamente a las fiscalías y al poder judicial mediante la vía penal. 

La labor del órgano municipal se enfoca estrictamente en la vía administrativa, contando con áreas especializadas de investigación y de responsabilidades para desahogar pruebas, escuchar a las partes y determinar si existe o no responsabilidad del funcionario.

Desde amonestaciones hasta inhabilitación por 10 años; sanciones para funcionarios

Carmen Yazmín Hidalgo Posada desglosó el esquema de sanciones que aplica el Municipio de Chihuahua contra los servidores públicos que vulneran la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 

En el caso de faltas consideradas no graves, el OIC puede imponer desde amonestaciones públicas o privadas y suspensiones sin goce de sueldo de 1 a 30 días, hasta la remoción del cargo e inhabilitación por un año.
Por otro lado, cuando se detectan faltas graves, los expedientes son turnados al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA). 

Este organismo cuenta con la facultad de aplicar castigos más severos, que van desde suspensiones de 30 a 90 días, la remoción inmediata y la inhabilitación hasta por 10 años, lo que impide al sancionado trabajar en cualquiera de los tres niveles de gobierno o poderes del Estado en todo el territorio nacional. 

El desahogo de un procedimiento de responsabilidad administrativa toma un promedio de tres meses en condiciones normales, según estimaciones de la titular del OIC. Este periodo abarca el emplazamiento al funcionario, la entrega de la carpeta de investigación con los elementos probatorios, y una audiencia inicial que debe fijarse al menos diez días hábiles después de la notificación para permitir la preparación de la defensa.

osteriormente se efectúa la valoración de pruebas y la audiencia de alegatos antes de dictar sentencia.
Sin embargo, Hidalgo Posada reconoció que los plazos de ejecución suelen extenderse de manera considerable cuando los servidores públicos interponen recursos jurídicos extraordinarios, tales como juicios de amparo o recursos de remisión ante el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, los cuales suspenden legalmente los términos hasta que un juez emita un fallo definitivo.