Opinión

La rotonda, señor gobernador

  • Por José Oswaldo
La rotonda, señor gobernador

Almajuarense

Por Francisco Rodríguez Pérez

Ayer, (27 de agosto), debió conmemorarse el XCVII aniversario luctuoso del Coronel Miguel Ahumada Saucedo. Hoy, 28 de agosto, celebramos el CXXXI aniversario del natalicio de José Práxedis Gilberto Guerrero Hurtado.

Además de la coincidencia en las fechas, en su condición de Beneméritos del Estado cuyos nombres, inscritos con letras de oro, fueron develados en la Sesión Solemne del 16 de agosto, la Ley ordena el traslado de los restos de ambos Héroes a la Rotonda de los Chihuahuenses Ilustres:

Miguel Ahumada

(Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el 17 de julio de 2010)

El ciudadano licenciado José Reyes Baeza Terrazas, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Chihuahua, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso del Estado se ha servido expedir el siguiente decreto:

Decreto No.

1109/2010 II P.O.

La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, reunida en su Segundo Período Ordinario de Sesiones, dentro del tercer año de Ejercicio Constitucional, decreta

Artículo Primero.- En reconocimiento a la vida, obra y desempeño honesto como Gobernador, declara Benemérito del Estado al Coronel Miguel Ahumada Saucedo.

Artículo Segundo.- Trasládese con los honores correspondientes, sus restos mortales ubicados en el Panteón de Dolores de la ciudad de Chihuahua, Chih., a la Rotonda de los Chihuahuenses Ilustres.

Artículo Tercero.- Inscríbase con letras de Oro, en el Muro de Honor del H. Congreso del Estado, el nombre de Miguel Ahumada.

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los veintidós días del mes de junio del año dos mil diez.

Presidente dip. Héctor Arcelus Pérez. Rúbrica. secretaria dip. Rosa María Baray Trujillo. Rúbrica.

Secretario dip. Juan Manuel De Santiago Moreno. Rúbrica.

Por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

En la Ciudad de Chihuahua, Palacio de Gobierno del Estado, a los seis días del mes de julio del año dos mil diez.

El Gobernador Constitucional del Estado. Lic. José Reyes Baeza Terrazas. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno. Lic. Sergio granados pineda. Rúbrica.

Práxedis Guerrero

(Decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el 30 de junio de 2012)

El ciudadano licenciado César Horacio Duarte Jáquez, gobernador constitucional del estado libre y soberano de Chihuahua, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso del Estado se ha servido expedir el siguiente decreto:

Decreto No.

751/2012 II P.O.

La Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, reunida en su segundo período ordinario de sesiones, dentro del segundo año de ejercicio constitucional, decreta

Artículo Primero.- En virtud del Decreto 132, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 09 de noviembre de 1935, con el número 45, que declara Benemérito del Estado al Ciudadano José Praxedis Gilberto Guerrero Hurtado y con fundamento en la Ley para Declarar y Honrar la Memoria de los Beneméritos del Estado, inscríbase su nombre con Letras de Oro en los Muros de Honor del Recinto Oficial del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua.

Artículo Segundo.- Trasládense los restos de José Praxedis Gilberto Guerrero Hurtado, ubicados en el Panteón Municipal Número Uno, a la Rotonda de Chihuahuenses Ilustres, ubicada en la Plaza Mayor del Centro Histórico de la Ciudad de Chihuahua, con la debida Solemnidad fundamentada en la Ley para Declarar y Honrar la Memoria de los Beneméritos del Estado.

Transitorios

Primero.- El Ejecutivo del Estado adoptará las medidas necesarias para efectuar, con la mayor Solemnidad, el traslado de los restos mortales, desde el Panteón Municipal Número Uno, lugar en donde se encuentra inhumado, hasta su instalación definitiva en la Rotonda.

Segundo.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los ocho días del mes de marzo del año dos mil doce.

Presidente. dip. César Alejandro Domínguez Domínguez. Rúbrica. Secretario. dip. Alejandro Pérez Cuéllar. Rúbrica. Secretario. dip. David Balderrama Quintana. Rúbrica.

Por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

En la Ciudad de Chihuahua, Palacio de Gobierno del Estado, a los doce días del mes de junio del año dos mil doce.

El gobernador constitucional del estado. lic. César Horacio Duarte Jáquez. Rúbrica. El secretario general de gobierno. Raymundo Romero Maldonado. Rúbrica.

Cumplir con la Ley y estos Decretos lleva a la revisión de la situación actual de la Rotonda de los Chihuahuenses Ilustres. Por eso invito respetuosamente al Señor Gobernador, César Horacio Duarte Jáquez, para que atienda esos ordenamientos.

Sé que el Gobernador escuchará la petición. Ya ha dado muestras de gobernar en armonía con su pueblo y atender hasta las voces más críticas, como ocurrió con su intención de remover el Mausoleo de Villa y, más recientemente, con su orden de demoler el intento de réplica o clon del mismo en la Plaza de la Grandeza. ¡Hasta siempre!