Opinión

La reivindicación de las mujeres

  • Por José Oswaldo
La reivindicación de las mujeres

Por Carlos Jaramillo Vela

Ahora, cuando se acerca la etapa de la sucesión gubernamental que durante el año 2016 habrá de efectuarse en 12 entidades federativas de nuestro país, cobra relevancia el tema de la equidad de género, mismo que ha sido tan comentado en los recientes meses, sobro todo en materia política, debido a la obligatoria paridad entre mujeres y hombres, que la nueva legislación electoral mexicana impone a los partidos políticos como requisito de observancia indispensable en la postulación de candidaturas a gobernadores, legisladores, alcaldes, síndicos y regidores. Y, al decir que en materia política se ha hablado mucho de la igualdad genérica, nos referimos indirectamente al hecho de que dicho concepto de igualdad entre mujeres y hombres trasciende los límites de lo político-electoral por ser un elemental principio de los derechos humanos, cuya naturaleza universal lo hace aplicable a todos los aspectos de la vida social, familiar, económica, política y cultural que constituyen la cotidiana interacción entre mujeres y hombres.

Aunque quizá para muchas personas resulte difícil creerlo, existen evidencias que demuestran la existencia de sociedades igualitarias en las que hace casi cinco milenios las mujeres tenían las mismas consideraciones y derechos que los hombres, dentro de los contextos sociales, políticos y familiares que en aquéllas épocas les tocó vivir. Durante el período comprendido entre los años 2700 y 2600 a. C., en la sociedad egipcia, que se concebía a sí misma como “la unión de todos los individuos bajo un derecho único, igual para todos”, no se conocía la tutela de los varones sobre las mujeres, y una vez casadas estas tenían la potestad para ser propietarias, conservar sus propiedades, comparecer como testigos, ser parte en los procesos jurisdiccionales, firmar documentos, ocupar cargos públicos, escribir y muchas otras actividades. En el año 508 a. C., Atenas daba a todos sus ciudadanos, incluidas las mujeres, derecho a participar por igual del ejercicio de las funciones públicas, de modo que ya en ese tiempo la sociedad ateniense tenía garantizados principios esenciales de la convivencia humana tales como la igualdad ante la ley, la libertad de expresión y la igualdad de derechos políticos.

El retrospectivo y breve atisbo que en las líneas anteriores hemos realizado sobre un par de pinceladas del pasado, hoy hace ver ridículo al prolongado atropello a la dignidad y los derechos de las mujeres, que por muchos siglos se impuso a estas prácticamente en todos los pueblos del mundo.No obstante que no se saben con certeza los motivos causantes de la secular pérdida del respeto a la dignidad femenina y a las normas de la equidad humana, hay diversas teorías o hipótesis que las y los investigadores han formulado para tratar de explicar el avasallamiento al que las mujeres han estado sujetas durante centurias. Algunos antropólogos centran su explicación en la superioridad física del hombre, quien abusando de su fortaleza sometió a la mujer despojándola de sus prerrogativas y funciones, al arrogarse para sí mismo el derecho a monopolizar el ejercicio y disfrute de estas. Otros afirman que fueron la desconfianza  y subestimación del hombre respecto a las capacidades de la mujer las causas que llevaron al primero a relegar a un plano de inferioridad a la segunda.

La historia es reveladora, una vez que abrevamos en algunos de sus innumerables capítulos nos permite ver con nitidez lo paradójico que resulta el hecho de que se pretenda considerar como un inédito avance en el devenir de la humanidad a la actual tendencia - nacional e internacional- caracterizada por el fuerte impulso jurídico a los derechos humanos inherentes a la equidad de género y el empoderamiento femenino. El derecho de las mujeres a la participación política y a la postulación para los puestos de elección popular, en condiciones de igualdad con los hombres, así como el resto de los derechos económicos, sociales, culturales y humanos que garanticen al sexo femenino una vida digna y oportunidades para su pleno desarrollo, no constituyen en modo alguno el extraordinario y novedoso nacimiento de una revolucionaria figura socio-jurídica de los siglos XX y XXI, son simplemente la reivindicación de los derechos naturales de las mujeres, mismos que por respeto al supremo valor de la justicia jamás les debieron haber sido conculcados.

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