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Chihuahua, con baja tasa en trabajo infantil: Inegi

Cdmx.- Los estados del norte del país registran las menores  tasas de ocupación infantil no permitida, entre ellos se encuentra Chihuahua que reporta un 4.5 por ciento en ese rubro, mientras que Nayarit...
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Chihuahua, con baja tasa en trabajo infantil: Inegi

Por Consuelo Medina, corresponsal

Cdmx.- Los estados del norte del país registran las menores  tasas de ocupación infantil no permitida, entre ellos se encuentra Chihuahua que reporta un 4.5 por ciento en ese rubro, mientras que Nayarit es la entidad con mayor número de casos de trabajo de menores de edad, al tener un 12.2%, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

El diputado Marco Antonio González Reyes, secretario de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia en la Cámara de Diputados, expuso que de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), los estados con mayores municipios con probabilidad de riesgo alto en trabajo infantil son: Chiapas, Oaxaca, Puebla, Jalisco, Durango, Campeche y Coahuila.

Detalló que el trabajo en menores de edad es una de las graves violaciones a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, ya que, a nivel mundial, más de 160 millones laboran y al pasar largas horas en la vía pública y convertirla en su espacio de socialización y de actividad económica, pone en riesgo su desarrollo físico, mental y social, porque constantemente se encuentran expuestos a muchos riesgos.

Conforme a la última Encuesta Nacional de Jornaleros (Enjo), 60% de esta población era originaria de localidades de alta o muy alta marginación, cerca de 40% pertenecía a una comunidad indígena y había hablantes de 29 lenguas distintas. Además, el 60% de las niñas, niños y adolescentes realizaba actividades remuneradas en el campo; 10%, comerciales, ganadería o albañilería, y 30%, domésticas.

Por ello, Marco Antonio González consideró indispensable que la STPS y sus homólogas en las entidades federativas prevengan y erradiquen el trabajo infantil, con lo que se contribuye al diagnóstico y monitoreo de los objetivos nacionales y del cumplimiento de los tratados asumidos internacionalmente, para lograr que la niñez y adolescencia gocen plenamente de sus derechos.

De acuerdo con un punto de acuerdo que analiza en el Congreso de la Unión, el artículo 123 fracción III de la Carta Magna, “queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas”. En tanto, los artículos 22 Bis, 23 y 175 de la Ley Federal del Trabajo, también refieren la prohibición de trabajo a menores de edad.

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