Busca defensa de joven que mató a su madre retrasar vinculación
- Por Editora Dai
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Chihuahua, Chih.– En las instalaciones del complejo de Ciudad Judicial se desahoga la audiencia de impugnación correspondiente al caso de Abdel Sebastián Z. A., joven de 24 años de edad imputado por el presunto feminicidio de su madre, Karla Judith Alba Altamirano, quien en vida se desempeñaba de forma activa como agente del Ministerio Público en la capital del estado. Con este recurso legal, la defensa técnica del acusado busca desacreditar o modificar los agravios formulados por la Fiscalía General del Estado (FGE) de Chihuahua, en una prórroga antes de que el juez de control determine formalmente la vinculación a proceso.
El trágico suceso se registró el pasado 28 de junio de 2026 en el interior del domicilio familiar de la colonia Pacífico, donde, de acuerdo con los dictámenes periciales de la necropsia, la funcionaria estatal falleció a consecuencia de un traumatismo craneoencefálico severo producido por un objeto contusocortante.
El hallazgo del cuerpo fue realizado por un familiar consanguíneo que alertó a las corporaciones policiales a través del sistema de emergencias 911, lo que desencadenó un despliegue operativo que culminó con la detención de Abdel Sebastián como el principal sospechoso en la escena del crimen.
Las indagatorias ministeriales revelaron que el crimen se encuentra ligado a un añejo conflicto familiar derivado de problemas de adicciones del joven, quien presuntamente cometió la agresión bajo los efectos de sustancias tóxicas. Fuentes cercanas a la investigación señalaron que las tensiones entre ambos escalaron a un punto crítico luego de que la agente ministerial tomara la determinación de desalojar a su hijo de la vivienda, una medida desesperada ante la negativa de este para someterse a tratamientos de rehabilitación.
A pesar de que el detenido ya compareció ante el Tribunal Especializado en Violencia de Género, donde se ratificó la legalidad de su arresto y se le fijó prisión preventiva, sus abogados promovieron la duplicidad del término constitucional, por lo que el imputado permanecerá bajo reclusión en el centro penitenciario local en tanto se define su situación jurídica.
Fiscalía y defensa disputan tipificación entre feminicidio y parricidio
Intenso debate jurídico se desató en las instalaciones de Ciudad Judicial durante la audiencia de impugnación de Abdel Sebastián Z. A., de 24 años de edad, en donde la representación social y la defensa legal confrontaron argumentos para definir la clasificación formal del delito por el que será procesado, oscilando la acusación entre el delito de feminicidio agravado y el de homicidio por razones de parentesco.
Durante la comparecencia, la agente del Ministerio Público expuso ante el juez de control un crónico historial de violencia familiar que antecedió al crimen, sustentado en múltiples reportes policiales y llamadas de auxilio realizadas tanto por la víctima, Karla Judith Alba Altamirano, como por sus vecinos de la colonia Pacífico, quienes alertaban de manera constante sobre la agresividad del joven.
Al detallar la penosa jornada del pasado 28 de junio, la Fiscalía General del Estado argumentó que el imputado no actuó de forma impulsiva, sino bajo una conducta "fría y calculadora". De acuerdo con la narrativa ministerial, el agresor aprovechó que ambos se encontraban solos en la vivienda para atacar brutalmente a la funcionaria en la extremidad cefálica utilizando un martillo que tomó del área de herramientas y que posteriormente procedió a ocultar.
Los peritajes demostraron que la chapa de la puerta trasera fue violentada desde el interior y que las múltiples lesiones infligidas a la víctima no solo tenían el objetivo de privarla de la vida, sino de causarle un sufrimiento innecesario, determinándose que Alba Altamirano no falleció de manera automática sino que atravesó por un periodo de agonía.
Por su parte, la defensa técnica del imputado solicitó formalmente la reclasificación del delito bajo el cobijo del artículo 125 del Código Penal del Estado, alegando que el móvil de la agresión se limitó estrictamente al vínculo consanguíneo y no a cuestiones de género.
Los defensores afirmaron que el imputado se encontraba bajo un severo estado de intoxicación por el consumo voluntario de estupefacientes, condición que detonaba en él una actitud violenta generalizada que se habría replicado idénticamente si la víctima hubiese sido su padre; asimismo, acusaron a la Fiscalía de sostener la tesis de feminicidio para impactar de forma mediática en el criterio del juzgador, desestimando la supuesta agonía de la víctima al señalar que no existe un sustento médico contundente integrado aún en la necropsia.
En una enérgica réplica, la Fiscalía y la asesoría jurídica de la familia invocaron el artículo 126 Bis del código local y los criterios internacionales derivados de la emblemática sentencia de la Corte Interamericana del caso Campo Algodonero, advirtiendo que juzgar con perspectiva de género obliga al tribunal a visibilizar las profundas asimetrías de poder.
Los litigantes contrastaron la evidente disparidad física entre un joven de 24 años y una mujer de 50 años con salud debilitada, concluyendo que tipificar el caso como un simple homicidio por parentesco invisibilizaría un ciclo continuo de dominación y abuso continuo, por lo que ratificaron la exigencia de que el detenido sea vinculado a proceso por feminicidio agravado.
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