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Checa la sentencia del TEE y por qué la frase de Riggs fue desestimada

  • Por JR

Chihuahua.- La evidencia presentada por la síndica municipal Olivia Franco, y las expresiones: “Mamadas de esta pendeja”, grabadas durante una sesión de Ayuntamiento, no fueron suficientes para que el Tribunal Estatal Electoral (TEE), le acreditara violencia política de género al regidor Miguel Alonso Riggs Baeza.

Esta tarde, el TEE exoneró a Riggs Baeza y difundió un resumen del dictamen de sentencia, y que, entre varios aspectos, declaró que: 

Las expresiones como evidencia es insuficiente para tener por acreditado que efectivamente fue Miguel Alonso Riggs Baeza, quien emitió las frases previamente señaladas y, con ello, poder descartar sin una duda razonable la posibilidad de que fue otra persona quien realizó dichas manifestaciones.

Además, en razón de lo anterior, las notas periodísticas aportadas por la denunciante no son idóneas para dotar de valor probatorio.

Aunado a ello, el TEE indica que: Las frases referidas no se escucharon durante la sesión presencial del Ayuntamiento, sino únicamente a través del audio de la plataforma Zoom, el cual, en múltiples momentos, presentó interferencias, ruidos y aparentes conversaciones con personas ajenas a la sesión, lo que compromete seriamente la autenticidad y fiabilidad de dicho medio para efectos de identificación personal.

Por lo tanto, el Tribunal declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a Riggs Baeza, en su calidad de Regidor integrante de Morena, en el Ayuntamiento de Chihuahua.

"Se instruye al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, notifique la presente sentencia a todas aquellas autoridades que han tenido conocimiento del asunto, de conformidad con el Protocolo Para la Atención de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género. Por lo tanto, se dejan a salvo los derechos que la denunciante pudiera tener ante tales autoridades".

Acá el resumen completo de la sentencia: 

 

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