Local

Formulan abogados 74 peticiones de información al CEJ

Chihuahua.- El colegio de abogados A. C. realizó una extensa serie de peticiones de información al consejo de la judicatura del estado. En el documento, dirigido al presidente del tribunal superior...
  • Por editor TV
Formulan abogados 74 peticiones de información al CEJ

Chihuahua.- El colegio de abogados A. C. realizó una extensa serie de peticiones de información al consejo de la judicatura del estado.

En el documento, dirigido al presidente del tribunal superior de justicia, Pablo Héctor González Villalobos y al titular de la unidad de transparencia del mismo órgano, Víctor González Castro, se cuestiona los diferentes puntos que se llevaron a cabo antes, durante y después de la aplicación del examen de oposición de las 56 plazas de jueces de primera instancia.

El escrito reza que se haga llegar a dicha institución por diversos medios que le parezcan conveniente a la dependencia pública, los datos de nombres y fechas de los abogados que ocuparon las plazas antes de ofertar las mismas, copias de los documentos varios que se hayan otorgado a las personas interesadas en participar en el examen junto con su respuesta, entre otras actividades del pleno.

Cabe destacar que el examen de oposición se vio envuelto en polémica por diversas irregularidades presentadas durante el proceso, llegando incluso a las demandas de los mismos magistrados del tribunal superior de justicia.

 

A continuación, el documento íntegro:

 

C. LIC. PABLO HÉCTOR GONZÁLEZ VILLALOBOS

PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA                 

Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO.

 

C. LIC. VÍCTOR GONZÁLEZ CASTRO

TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO.

P R E S E N T E S.-

 

El Foro-Colegio de Abogados, A. C., con correo electrónico para cualquier notificación el identificado como abogadofranco&yahoo.com.mx, con el carácter de organismo colegiado de profesionistas en derecho, en continuidad del escrito de solicitud de información recibido por usted el pasado 14 de junio del año en curso, con base en las consideraciones y los fundamentos de hecho y de derecho en ese ocurso plasmados, solicitamos se nos proporcione, en el mismo orden solicitado y adicionalmente a la ya peticionada, en copias xerográficas o digitales o mediante la liga de enlace en caso de aparecer en portal público o por cualquier otro medio que cumpla a satisfacción, la información pública que a continuación se especifica:  

 

CUESTIONARIO

 

1.- ¿En qué fecha y por qué órgano se tomaron los acuerdos respectivos por los cuales se crearon todas y cada una de las 56 plazas de juezas o jueces de primera instancia que se mencionan como vacantes en la convocatoria CJE/002/2018?

2.- ¿Cuáles son los nombres completos de quienes, en su caso, ocuparon inicialmente la titularidad de cada una de ellas con carácter definitivo?

3.- ¿Cuáles son los nombres de quienes las ocupaban como definitivos al generarse las vacantes ahora sujetas a concurso?

4.- ¿Desde qué fechas y por qué motivos se generaron las vacantes de todos y cada uno de los cargos de juezas o jueces de primera instancia sujetos a concurso?

5.- ¿Cuáles son los nombres completos de quienes inicialmente fueron nombrados con el carácter de jueces provisionales para cubrir cada una de esas vacantes?

6.- ¿Quiénes las ocuparon posteriormente y las ocupan en la actualidad en caso de no ser los mismos?

 7.- ¿En qué fechas y por qué órgano se tomaron los acuerdos relativos a los nombramientos que se mencionan en las dos preguntas anteriores? 

8.- ¿Cuáles fueron los dos últimos cargos o puestos que cada uno de quienes fueron designados como jueces o juezas provisionales ocuparon inmediatamente antes de ser nombrados como tales? Con la especificación de la oficina, área o tribunal al que estaban adscritos.

9.- ¿Cuánto tiempo duraron en cada uno de esos cargos o puestos? Con especificación de las fechas de inicio y de terminación.

10.- Se nos proporcione COPIA xerográfica o digital o bien la liga de enlace en caso de aparecer en portal público, de cada uno de los acuerdos respectivos que dieron origen a los cargos que se concursan y a los nombramientos de quienes los ocuparon con carácter definitivo y de quienes luego lo hicieron como provisionales.

11.- ¿A cuántas, de las instituciones de gobierno, barras y colegios de abogados, organizaciones de la sociedad civil o personas interesadas en el concurso de oposición para ocupar el cargo de jueces y juezas de primera instancia a que se refiere la convocatoria número CJE/002/2018, que presentaron propuestas conforme a la Convocatoria CJE-CS/001/2018, se les dio respuesta?

12.- Se nos proporcione copia de los oficios, escritos o documentos con los que se les haya dado respuesta, con la firma de recibido o la anotación razonada que avale su recepción.

13.- ¿Cuándo se conformó el Comité encargado de observar el desarrollo de las distintas fases o etapas del concurso a que alude la Convocatoria CJE/002/2018, contemplado en el CONSIDERANDO DÉCIMO del Acuerdo del pleno del Consejo de la Judicatura por el que se autoriza concursar las 56 plazas para ocupar los cargos de juezas y jueces de primera instancia con carácter definitivo (publicado en el Periódico Oficial del Estado el sábado 24 de marzo del año en curso) y en el artículo 5 de los “Lineamientos que establecen las reglas de los concursos de oposición para las designaciones de juezas y jueces de primera instancia del Poder Judicial del Estado de Chihuahua”?

14.- ¿Quién es la Magistrada o el Magistrado que nombró el Pleno del Tribunal para conformar dicho Comité y en qué fecha y mediante qué acuerdo se tomó la decisión correspondiente?

15.- ¿Quiénes son y a qué instituciones académicas de enseñanza del Derecho pertenecen los representantes de éstas que lo integran?

16.- ¿Quiénes son los representantes de la sociedad civil y de qué organización provienen?

17.- De los mencionados en los últimos dos incisos, ¿Cuáles fueron los criterios o razones que se tomaron en cuenta para que fueran ellos, y no otros, los propuestos y aprobados para formar parte de dicho Comité?

18.- El Magistrado y los representantes en cuestión, ¿Han estado presentes en todas y cada una de las etapas del concurso desarrolladas hasta ahora? ¿Existe constancia de su presencia o intervención?

19.- Se nos proporcione copia xerográfica o digital certificada o la liga de enlace en caso de aparecer en portal público: del acta en la que conste el acuerdo del pleno del tribunal a que se refiere la pregunta 13; del acta en la que conste el acuerdo en el que se aprobó la propuesta hecha por la presidenta de la comisión de carrera judicial, de los representantes mencionados en las preguntas 14 y 15; de los oficios o documentos con los que se les haya comunicado tal designación, con la firma que avale su recepción; y de las síntesis curriculares de los citados representantes.

20.- Se nos informe cuándo se tomó el acuerdo en virtud del cual se aprobó la integración del Órgano Colegiado que se contempla en los artículos 3 fracción XIII y 4 inciso C) de los referidos Lineamientos que establecen las reglas para los concursos de oposición?

21.- ¿Cuándo este Órgano Colegiado presentó al Consejo de la Judicatura la metodología para la elaboración de los exámenes y el programa de simulación de audiencias que conforme a la fracción I del inciso en mención, le corresponde elaborar?

22.- ¿En qué consiste específicamente dicha metodología?

23.- ¿Cuándo se tomó el acuerdo del Consejo de la Judicatura por el que se aprobó la misma?

24.- ¿Qué criterios y metodología, qué conocimientos, habilidades o aptitudes concretas a detectar o evaluar y qué otros objetivos tomó en cuenta el Órgano Colegiado para la elaboración de éstas herramientas de evaluación y cuáles consideró el Consejo de la Judicatura para avalarlas?

25.- Se nos proporcione copia xerográfica o digital certificada o la liga de enlace en caso de aparecer en portal público de las actas en las que consten los acuerdos del Consejo de la Judicatura en los que se aprobaron: la integración de dicho órgano colegiado y los criterios o metodologías para la elaboración de los exámenes y del programa de simulación de audiencias; de los documentos en los que éstos se contengan; y de los oficios, con sello y/o firma de recibido, en su caso, con los que se comunicó el nombramiento a los funcionarios judiciales que componen ese órgano colegiado.

26.- ¿Cuándo se aprobó, por el Consejo de la Judicatura, la metodología que propuso la Comisión de Carrera Judicial para garantizar que las personas aspirantes no tendrían ni tendrán acceso al contenido de las distintas evaluaciones?

27.- ¿Existe un documento en el que se explique o detalle dicha metodología?

28.- ¿Qué medidas concretas se tomaron para salvaguardar la inviolabilidad de los diferentes instrumentos de evaluación?

29.- ¿De qué manera o con qué mecanismos se garantiza la secrecía de la identidad de los aspirantes, más allá de otorgarles una clave o número de registro, para evitar que los evaluadores, los integrantes del órgano Colegiado, de la Comisión de Carrera Judicial y/o los consejeros puedan conocer los nombres de quienes son evaluados?

30.- ¿Existe un documento en el que se explique o detallen estos mecanismos?

31.- ¿Qué órgano es el responsable, en cada una de las etapas, de que se cumplan las pautas metodológicas establecidas para resguardar el contenido de las evaluaciones y evitar que se conozca la identidad del concursante por su clave o registro?

32.- ¿Cuáles fueron las razones por las que se acordó en la convocatoria CJE/002/2018 que sólo las 100 personas que tuvieran como mínimo el 80% de respuestas correctas en el examen general de conocimientos avanzarían a la siguiente etapa?

33.- ¿Cuáles son las “habilidades, competencias, conocimientos, aptitudes, rasgos o idoneidades” específicas que se pretenden identificar con cada una de las diferentes evaluaciones que se aplicaron y aplicarán en el concurso de oposición?

34.- ¿Se especificaron en algún acta o documento?

35.- ¿Cuáles son y en qué documento se contienen los criterios o mecanismos adoptados por el órgano Colegiado, la Comisión de Carrera Judicial o el propio Consejo de la Judicatura para garantizar una evaluación objetiva?

 36.- ¿Cuál es el perfil de juzgador que se busca en los y las aspirantes y en qué documento se contiene la descripción o determinación que de dicho perfil se hizo por el Consejo de la Judicatura, la Comisión de Carrera Judicial o el órgano Colegiado?

 37.- ¿Cuáles son los conocimientos teóricos generales y específicos en la materia y las capacidades concretas que como juzgadora o juzgador se pretenden identificar, en cada una de las ramas de los cargos sometidos a concurso, en las y los aspirantes y en qué documento se contiene la descripción o determinación que de tales capacidades se hizo por el Consejo de la Judicatura, la Comisión de Carrera Judicial o el Órgano Colegiado?

38.- ¿Cuál es la finalidad o propósito de exigir a los aspirantes la declaración voluntaria de someterse al concurso y aceptar su resultado?

39.- ¿Cómo se calcularon y calcularán por el Órgano Colegiado los porcentajes particulares que, de los máximos que se mencionan en el artículo 13 de los Lineamientos que establecen las reglas para los concursos de oposición, corresponderán a cada uno de los aspirantes para determinar su ingreso y adscripción a los cargos vacantes? ¿Cuándo y en qué documento se especificó el procedimiento a seguir para ese fin?

40.- Se nos proporcione copia xerográfica o digital certificada o la liga de enlace en caso de aparecer en portal público de las actas de los acuerdos del consejo de la judicatura en los que se aprobaron las metodologías, criterios y mecanismos en cuestión; el perfil requerido para acceder al cargo y los demás aspectos cuestionados; así como también de las actas o documentos en los que se describan o especifiquen todos y cada de ellos.

41.- ¿Qué connotación tiene, en la convocatoria CJE/002/2018, la expresión “preguntas aleatorias”, en el párrafo dos, de la que se identifica como “ETAPA 2.- Examen general de conocimientos”?

42.- ¿Por qué razón se disminuyó la cantidad de reactivos de que, según el párrafo tres de esa etapa, constaría dicho examen?

43.- ¿Cuáles fueron las razones o criterios técnicos o metodológicos que se tuvieron en cuenta para otorgar carácter eliminatorio a la “ETAPA 3.- Examen psicométrico y entrevista psicológica”?

44.- ¿Por qué razón, mediante una modificación posterior, se quitó tal carácter a esa etapa?

45.- ¿Fue IBERO CONSULTORES ESTRATÉGICOS VINCULACIÓN UNIVERSITARIA la que elaboró el examen general de conocimientos antes referido?

46.- En su caso, ¿Cuáles fueron los lineamientos y parámetros con base en los cuales se adjudicó a IBERO CONSULTORES ESTRATÉGICOS VINCULACIÓN UNIVERSITARIA la elaboración del examen general de conocimientos que se aplicó el 19 de 2018?

47.- ¿Cuáles fueron las especificaciones de conocimientos a evaluar, perfiles que se buscaban, necesidades profesionales, competencias o capacidades, requerimientos o exigencias que se hicieron a IBERO CONSULTORES ESTRATÉGICOS VINCULACIÓN UNIVERSITARIA y cuál la metodología pedagógica a que ésta se ajustó para la elaboración de la “Guía de sustentantes” y el examen general de conocimientos?

48.- ¿Alguna persona, comisión u órgano del Consejo de la Judicatura o del Tribunal Superior de Justicia se encargó de revisar y aprobar el contenido e idoneidad del examen general de conocimientos?

49.- Para la elaboración de dicho examen ¿Se utilizó la misma base de datos o reactivos que se usó para el examen general de conocimientos que presentaron los aspirantes al cargo de magistrada o magistrado a que se refiere la Convocatoria CJE-003/2018?

50.- Se nos informe, de los participantes que pasaron a la ETAPA 3 en la rama penal:

A) ¿Cuál fue la calificación que obtuvieron cada uno de las y los aspirantes a jueza o juez de control?

B) ¿Cuál fue la calificación que obtuvieron cada uno de las y los aspirantes a jueza o juez de enjuiciamiento?

C) ¿Cuál fue la calificación que obtuvieron cada uno de las y los aspirantes a jueza o juez de ejecución?

D) ¿Cuál fue la calificación que obtuvieron cada uno de las y los aspirantes a jueza o juez especializado en justicia para adolescentes?

51.- ¿Por qué se eligió al Instituto de Psicología Forense para la aplicación y evaluación de los exámenes psicométricos y de las entrevistas psicológicas?

52.- ¿A que otros institutos, escuelas o asociaciones de psicología se les invitó a participar en esas evaluaciones?

53.- ¿Cuál o cuáles fueron los tests psicológicos aplicados? ¿Fueron proyectivos o estandarizados? ¿Por qué se eligieron de este tipo?

54.- ¿Qué debe entenderse por “resultado mayormente afín respecto a las habilidades, competencias, aptitudes, rasgos o idoneidades a que se refiere el último párrafo del apartado “ETAPA 3.- Examen psicométrico y entrevista psicológica”?  ¿Cómo se determina la mayor o menor afinidad de cada uno de los resultados? 

55.- ¿Qué cantidad se pagó al Instituto de Psicología Forense por su servicio y qué área del Tribunal lo cubrió?

56.- ¿Qué personas o institución impartirán el curso de preparación a que se refiere la “ETAPA 4”?

57.- ¿Quién propuso o por qué razón se optó por esas personas o institución y en qué sesión del Consejo de la Judicatura se planteó y aprobó que así fuera?

58.- ¿Se consideró o invitó a otras instancias de capacitación?

59.- Si fue así, ¿A cuáles? ¿Cuál fue su respuesta?

60.- ¿Cuáles fueron los requerimientos y objetivos general y específicos que se plantearon para dicho curso?

61.- ¿Quiénes son, por sus nombres, las personas que intervendrán en el curso de capacitación, qué experiencia tienen en el sistema de justicia penal y cuál es su preparación profesional y docente?

62.- ¿Cuánto se pagará por el curso en mención?

63.- ¿Qué institución o instancia se encargará de elaborar, aplicar y evaluar el examen práctico de conocimientos a que alude “LA ETAPA 5”?

64.- ¿Por qué se optó por esa instancia de evaluación?

65.- ¿Qué requerimientos y objetivos general y específicos que se plantearon para dicho examen?

66.- ¿Cuál fue la metodología y cuáles los instrumentos de evaluación aprobados por el Órgano Colegiado para la aplicación de ese examen práctico de conocimientos?

67.- ¿En qué fecha se aprobaron por el Consejo de la Judicatura y en qué documento constan?

68.- ¿Cuántos contratos, para capacitación u otros fines, tienen firmados actualmente el Tribunal Superior de Justicia, el Pleno del Consejo de la Judicatura, el Instituto de Formación y Actualización Judicial o cualquier otra área del Poder Judicial del Estado con la organización o agencia USAID?

69.- ¿En qué planteamientos sustentó el aspirante identificado con el número de clave o registro JZ1099 la impugnación a que se refiere la resolución del Pleno del Consejo de la Judicatura publicada en la página electrónica del Tribunal Superior de Justicia el pasado sábado dos de junio con la que se modifica la pauta contenida en la ETAPA 3 de la Convocatoria CJE/002/2018?

70.- ¿Cuáles son las consideraciones que el Pleno del Consejo de la Judicatura tuvo en cuenta para acoger dicha impugnación?

71.- ¿Por qué razón en la convocatoria no se mencionan la experiencia, la antigüedad laboral, la eficiencia en el desempeño del cargo, los grados académicos y otros aspectos laborales y académicos como aspectos a ponderar?

72.- ¿Por qué aparece en la convocatoria el Fideicomiso para la Competitividad y Seguridad Ciudadana (Ficosec)?

73.- ¿Cuál es el papel o la intervención que ese organismo tiene en el concurso a que dicha convocatoria se refiere?

74.- Se nos proporcione copia xerográfica o digital certificada o la liga de enlace en caso de aparecer en portal público de: las actas en que consten los acuerdos del consejo de la judicatura relativos a la determinación de los términos, plazos y criterios de evaluación a que deberían sujetarse la convocatoria CJE/002/2018 y el proceso respectivo, y a los rubros, aspectos y modificaciones a que se refieren los numerales 2, 3, 4, 7 y 12; de los oficios o documentos que den cuenta de lineamientos y parámetros con base en los cuales se adjudicó a IBERO CONSULTORES ESTRATÉGICOS VINCULACIÓN UNIVERSITARIA la elaboración del examen general de conocimientos, al Instituto de psicología Forense el examen psicométrico y la entrevista psicológica, y de los pagos que se les hicieron; de todos los documentos, actas y oficios relacionados con la designación de la institución o personas que se encargarán del curso de capacitación y de la elaboración y en su caso aplicación y evaluación del examen teórico práctico; de los contratos o convenios que se tengan concertados con la organización USAID; del escrito con el que se interpuso la impugnación mencionada en la pregunta número 29 y de la resolución íntegra que dictó el pleno del consejo de la judicatura para resolverla; y de los registros del curso o cursos  de la capacitación que se proporcione a los aspirantes.

 

Atentamente

 

“Vivir honestamente, no hacer daño a otro, dar a cada uno lo suyo”

FORO-COLEGIO DE ABOGADOS DE CHIHUAHUA, A. C.

 

LIC. MIGUEL ÁNGEL FRANCO ANAYA                 MTRO CARLOS MARTÍNEZ GARCÍA

               PRESIDENTE                                                         VICEPRESIDENTE

 

LIC. MALINA GARCÍA GARCÍA

SECRETARIA

 

C.c.p  Barra Mexicana Colegio de Abogados de Chihuahua, A. C.

           Colegio de Abogados de Chihuahua, A. C.

           Colegio San Felipe El Real de Doctores en Derecho, A. C.

           Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Tags: