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Analiza Cortinas Murra figura jurídica para la compra de vehículos de Diputados

Chihuahua.- El licenciado Gerardo Cortinas Murra envió a esta redacción unas observaciones sobre la compra de los 30 vehículos realizados por el Congreso del Estado para los diputados...
  • Por Denisse
Analiza Cortinas Murra figura jurídica para la compra de vehículos de Diputados

Chihuahua.- El licenciado Gerardo Cortinas Murra envió a esta redacción unas observaciones sobre la compra de los 30 vehículos realizados por el Congreso del Estado para los diputados de la actual legislatura, donde hace un análisis de la figura jurídica mediante la cual se hizo dicha adquisición.

A continuación el texto:

Con motivo de la compra de 30 vehículos de lujo, destinados a 30 diputados que integran la actual Legislatura del Congreso, bajo la figura mercantil de “arrendamiento automotriz”, me permito expresar mi opinión, en los términos siguientes:

1. Mediante un convenio mercantil, el Congreso del Estado pretende darle una apariencia ‘no oficial’ a una adquisición de bienes afectos a la prestación de una función estatal, evadiendo así, cualquier exigencia legal que los obligara a realizar el correspondiente procedimiento de licitación pública.

2. Mediante este artilugio legaloide, el Congreso del Estado pretende eludir su obligación de informar a la sociedad chihuahuense, so pretexto de que se está en presencia de un simple contrato mercantil; lo cual, obviamente, lo eximiría de cualquier tipo de exigencia informativa a través de solicitudes de información pública.

3. Así lo confirma la nota informativa en el sentido de que el propio Congreso local fue la dependencia estatal que financió el pago del enganche de cada uno de los vehículos, sin que existiera acuerdo previo, aprobado por el Pleno, para autorizar semejante erogación. La falacia argumentativa utilizada por los funcionarios legislativos es que el “haber aplicado recursos presupuestales para la adquisición de los autos a los diputados hubiera implicado el aumento de la deuda estatal, pues era una operación que no estaba presupuestada”.

3. Sin embargo, a continuación refuto semejante argumentación, toda vez que:

a) Según la declaración vertida por el Secretario de Servicios Administrativos del Congreso, éste actuó, de manera directa, como gestor de dicha operación mercantil;

b) Además, el Congreso -en su carácter de Poder Legislativo del Estado- participó como aval financiero, al extremo de comprometerse a asumir el papel de “retenedor” de los pagos pactados; facultad que no está contemplada, de manera expresa, ni en la Constitución del Estado ni en la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

c) Asimismo, los 30 vehículos de lujo fueron adquiridos por servidores públicos, para ser utilizados en funciones propias a su encomienda constitucional y legal; es decir, el motivo de la adquisición no fue para uso privado. Al respecto, el Presidente del Congreso expresó: “Indiscutiblemente, es parte de la herramienta que debe utilizar el diputado para estar en contacto con sus distritos, al momento de que cada uno utiliza el financiamiento para adquirir un vehículo, se supone que es para que pueda movilizarse y atender las necesidades de sus representados”.

d) En consecuencia, resulta evidente que estamos en una ilícita distracción de recursos públicos disfrazada de contrato mercantil; ya que de no ser así, los diputados locales beneficiados, debieron haber optado por adquirir cada unidad automotriz, sin intermediarios “oficiosos”, y de manera personal, ante la agencia automotriz de su preferencia.

Digámoslo de esta manera: ¿Cuál sería la frase de una canción de Juanga que más identifica a los actuales diputados locales? Fácil: “Qué cinismo, ya ni vergüenza tienes…”

Lic. Gerardo Cortinas Murra

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