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Identifican a más de 2 mil reos federales con más de diez años en prisión sin sentencia

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Identifican a más de 2 mil reos federales con más de diez años en prisión sin sentencia

- Más del 40 por ciento de los internos federales en prisión prisión preventiva han superado el tiempo que la ley marca para que su caso estuviera resuelto.

En México, hay 12 mil 800 personas en prisión preventiva acusadas de un delito federal sin que, hasta la fecha, se les haya probado que lo cometieron con un juicio y sentencia. 

Entre ellos, figuran 2 mil 426 internos, identificados por los abogados del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), que llevan más de diez años a la espera de alguna resolución de su caso.

SCJN lo prohíbe, pero hay presos de más de dos años sin condena
Datos del IFDP proporcionados a MILENIO muestran que aún cuando la ley procesal y los criterios de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establecen con claridad que una persona no debe permanecer más de dos años en la cárcel sin recibir una condena.

Al menos el 40 por ciento de todos los presos federales en prisión preventiva del país ya han rebasado ese tiempo sin que hayan sido enjuiciados.

La estadística indica que hasta el cierre de mayo del 2024 los abogados del IFDP tenían bajo su representación legal a 10 mil 346 personas sujetas a prisión preventiva por cargos federales. Se trata del 80 por ciento de todas las personas que se encuentran en prisión justo bajo esa condición.

De ellos, 5 mil 348, es decir más de la mitad de los que asesora el IFDP y el 42 por ciento del universo total, ya superan los dos años de encarcelamiento sin condena.

Entre esas personas figuran 2 mil 426 que llevan más de diez años en prisión sin que hasta la fecha su caso haya sido resuelto en juicio. Lo anterior significa que, en términos constitucionales, continúan siendo inocentes. Entre este grupo se encuentran 311 internas mujeres.

​A ellos se suman mil 404 personas privadas de su libertad que se ubican en el grupo de los 5 a los 10 años de prisión preventiva sin condena y otros mil 518 que llevan de dos a cinco años de prisión sin haber podido llegar a juicio. Los 4 mil 998 restantes se encuentran en prisión preventiva, pero por debajo de los dos años.

Cabe señalar que de los 10 mil 346 internos del fuero federal en prisión preventiva bajo representación del IFDP, 9 mil 234 son hombres, lo que equivale al 89 por ciento, mientras que mil 112 son mujeres y representan el 11 por ciento.

Entre todos esos casos se encuentra, por ejemplo, el del señor Luis Pascual Ángel Luna, un albañil que lleva 13 años en prisión preventiva sin que su caso se resuelva. 

Ángel Luna fue detenido por policías federales en Temixco bajo supuestos cargos de secuestro, pero el tiempo y mutiles pruebas periciales han mostrado que fue torturado e incluso violado durante su captura. 

Tras analizar el caso la Primera Sala de la SCJN resolvió ayer que dicha prisión es injustificada y debe ser modificada.

Otro caso es el de Israel Vallarta Cisneros, quien ya lleva 19 años en prisión preventiva luego de que fuera detenido junto con Florence Cassez en un operativo que la Corte determinó que fue simulado. 

Pese a ello y a las múltiples evidencias de violaciones a derechos humanos, su caso tampoco se ha resuelto.

Mismas reglas, decisiones encontradas
La Primera Sala de la SCJN ha establecido que ninguna persona debe permanecer más de dos años en situación de prisión preventiva sin que su caso se resuelva. Lo anterior, salvo que dicho tiempo se prolongue por acciones de la propia defensa. 

La decisión se sustenta en lo establecido por la propia Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales; sin embargo, a la hora de resolver solicitudes de personas que llevan más de dos años de prisión preventiva, los juzgadores han tomado determinaciones encontradas e incluso se han negado remover la medida cautelar en una mayoría de casos.

De acuerdo con datos proporcionados a este medio, los abogados del IFDP han solicitado, al amparo de dicha determinación de la Primera Sala, el cese de mil 682 prisiones preventivas impuestas a mil 464 hombres y 218 mujeres. 

De dichas peticiones, 523 fueron resueltas en sentido favorable con la anulación de dicha media, pero en 763 casos, es decir a mayoría, las solicitudes fueron negadas. El resto de las peticiones siguen en trámite o fueron resueltas de manera distinta.

Los abogados del IFDP promovieron 374 amparos en contra de estas determinaciones, de los cuales 120 resultaron favorables para la desestimación de la prisión oficiosa, mientras que en 133 se confirmó la decisión de mantener el encarcelamiento, y 121 casos siguen en trámite.

Por otro lado, los defensores federales también han solicitado revisiones de medidas cautelares de prisión preventiva oficiosa para mil 819 personas con el argumento de la "intencionalidad". 

Esto es al amparo de la determinación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que desde 2023 condenó a México por el abuso de esa figura e instruyó a que cese o se revoquen sus efectos.

Siguiendo esos lineamientos internacionales que, de acuerdo con el Artículo 1 de la Constitución, tienen el mismo peso que las directrices plasmadas en la Carta Magna, los abogados han presentado las solicitudes.

El saldo de ello es de 835 peticiones resueltas favorablemente con la revocación de la prisión oficiosa, mientras 756 fueron rechazadas. Hay otras 177 solicitudes que continúan en trámite.

Meses clave
De acuerdo con autoridades del IFDP, el segundo semestre de este año será clave para definir la situación de las personas que se encuentran en prisión preventiva en el país, tanto a nivel federal como local.

Por un lado, la SCJN tiene enlistados dos proyectos de sentencia relacionados con la potencial inconstitucionalidad de la prisión preventiva en su modalidad oficiosa, que tentativamente podrían resolverse en agosto. 

Dichos proyectos resuelven tanto una acción promovida por la CNDH como la condena por este tema, emitida en 2023 en contra de México por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Con independencia del sentido de la resolución que adopte el máximo tribunal en agosto o en fecha posterior, las autoridades judiciales indicaron que esto dará claridad a los jueces de cómo resolver las solicitudes de cese o modificación de las prisiones preventivas impuestas, y terminar con los criterios encontrados que prevalecen.

Por otro lado, a partir de septiembre entrarán en funciones los nuevos jueces, magistrados y ministros que fueron elegidos en la elección extraordinaria de junio, y son resultado de la reforma judicial aprobada por el Congreso de la Unión.

Dichos jueces asumirán su cargo con un marco legal modificado a partir de la referida reforma, que establece como uno de los principios el de la justicia expedita. En el ámbito penal, ello se traduce en la instrucción general para que los casos penales se resuelvan en un periodo de un año.

En el IFDP esperan que estos parámetros favorezcan una resolución expedita de los procesos y que, con ello, disminuya el número de personas que permanecen privadas de su libertad sin un proceso concluido.

 

(Información de Milenio)